Pero ¿existe un monto a partir del cual Sunat puede poner la lupa sobre estos movimientos? ¿Cuándo podrían ser considerados un incremento patrimonial no justificado y cómo acreditar el origen del dinero recibido?

La primera respuesta es clara: no existe un monto máximo mensual o anual que, por encontrarse debajo de él, impida que Sunat observe estos movimientos.

Enrique Pintado, socio de Rebaza, Alcázar & De Las Casas, precisa que recibir una suma elevada tampoco genera por sí sola una contingencia: importa determinar de dónde proviene el dinero y si correspondía pagar Impuesto a la Renta.

Katarzyna Dunin Borkowski, directora de Tax de Caro & Asociados, coincide en que no existe un monto “libre” o “protegido”. La presunción de incremento patrimonial no justificado se relaciona con la inconsistencia entre lo que una persona gasta, adquiere o acumula y las rentas que declara o puede acreditar.

Por ejemplo, advierte, un yapeo de S/ 200 puede ser irrelevante, pero cientos de operaciones de S/ 200 sin explicación pueden acumular decenas de miles de soles.

No todo lo que recibe es renta

Una transferencia entre cuentas propias, un préstamo, una devolución o el reembolso de un gasto no tienen el mismo tratamiento que el pago por un servicio o una actividad gravada. Pintado explica que, si Sunat observa estos abonos, el contribuyente deberá acreditar cuál fue su origen.

Por ello, recomienda mantener una “trazabilidad sencilla” del dinero: quién lo entregó, cuánto, cuándo y por qué. El sustento dependerá de cada caso: contratos y constancias para préstamos; documentos para donaciones; comprobantes y conversaciones para reembolsos; o publicaciones y chats cuando se trate de ventas ocasionales.

Dunin Borkowski añade que también ayuda identificar correctamente el concepto de las transferencias, conservar los estados de cuenta y el historial de las billeteras y separar las cuentas personales de aquellas utilizadas para una actividad económica.

La clave, entonces, no está solo en cuánto dinero se recibe, sino en poder demostrar de dónde proviene.

Dinero de padres y abuelos: ¿hay que justificarlo?

Recibir dinero de padres, abuelos u otros familiares para estudios, alimentación, alquiler u otros gastos personales tampoco significa automáticamente obtener una renta gravada.

Sin embargo, Pintado recomienda conservar los estados de cuenta que identifiquen quién realizó la transferencia y documentos que permitan explicar por qué se entregó el dinero.

Si se trata de una donación de dinero, hay una formalidad adicional. Ambos especialistas señalan que cuando supera el 25% de una UIT —S/ 1,375 en 2026—, debe constar por escrito y con fecha cierta. Pintado explica que esta exigencia también fue incorporada a la legislación del Impuesto a la Renta para justificar incrementos patrimoniales.

Dunin Borkowski añade que también puede resultar relevante acreditar la capacidad económica de quien entrega el dinero. Para apoyos recurrentes, recomienda contar con evidencia del vínculo, de las transferencias y, según el monto, un documento que explique quién entrega el dinero, a quién y con qué finalidad.

Transferencias por billeteras digitales: qué debe demostrar si Sunat pregunta por el dinero | Foto: Generada con IA - ChatGPT
Transferencias por billeteras digitales: qué debe demostrar si Sunat pregunta por el dinero | Foto: Generada con IA - ChatGPT

¿Qué pasa si vendo ocasionalmente por internet?

Vender un celular, una laptop, ropa o muebles que pertenecían a una persona y recibir el pago mediante una billetera digital no genera renta gravada por ese solo hecho, siempre que se trate de una persona natural sin actividad empresarial y de una venta realmente ocasional de bienes de uso personal, explica Pintado.

Para sustentarla pueden conservarse la publicación, conversaciones con el comprador, constancia del pago y evidencia de la entrega.

Tampoco existe un número determinado de ventas que automáticamente convierta estas operaciones en una actividad empresarial. Sunat debe analizar la frecuencia y cantidad, el tipo de bienes y, principalmente, si fueron adquiridos para utilizarlos personalmente o con la intención de revenderlos.

Dunin Borkowski añade como señales de una actividad comercial la existencia de stock, catálogo, publicidad permanente, ventas continuas a distintos compradores o la obtención sistemática de ganancias.

Así, vender varios objetos propios puede seguir siendo ocasional, mientras comprar bienes específicamente para revenderlos puede revelar una actividad empresarial.

Préstamos y reembolsos entre amigos

Decir simplemente que el dinero recibido fue un préstamo tampoco basta. Pintado señala que debe identificarse al prestamista y existir correspondencia entre el préstamo y la adquisición, inversión, consumo o gasto que pretende justificarse.

Además, recomienda contar desde el inicio con un contrato formalizado y de fecha cierta y conservar las constancias del desembolso y devolución.

Distinto es el caso de quien paga una cena, viaje u otro gasto por un grupo y luego recibe varios yapeos. Esos depósitos pueden corresponder a reembolsos y no a ingresos propios.

Para acreditarlo, pueden conservarse el comprobante original, las conversaciones donde se acordó dividir el gasto y las constancias de las transferencias recibidas.

Sunat y las billeteras digitales: ¿hay un monto máximo que puede recibir sin problemas? |  (Imagen: Andina)
Sunat y las billeteras digitales: ¿hay un monto máximo que puede recibir sin problemas? | (Imagen: Andina)

¿Sunat puede ver cada movimiento?

Sunat no recibe automáticamente el detalle de cada yapeo o plineo, precisa Pintado. Sí recibe determinada información financiera, tanto indirectamente mediante el ITF como conforme a las obligaciones de suministro de información de las entidades financieras.

Sin embargo, durante una fiscalización puede solicitar al contribuyente información y documentación sobre determinados movimientos y el origen del dinero. Si necesita acceder a información protegida por el secreto bancario, deberá seguir el procedimiento establecido legalmente.

Si finalmente se detecta una diferencia entre el patrimonio o movimientos de una persona y los ingresos que declaró, el contribuyente tendrá que acreditar el origen de los fondos. Si no logra hacerlo, Sunat puede aplicar las reglas del incremento patrimonial no justificado y considerar ese monto como renta no declarada.

SOBRE EL AUTOR
Gerardo Rosales Diaz

Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.

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