Ollanta Humala junto a su esposa Nadine Heredia. El Poder Judicial archivó el delito de asociación ilícita que la Fiscalía imputaba al expresidente Ollanta Humala, a su esposa Nadine Heredia y a los exministros Luis Miguel Castilla, Eleodoro Mayorga, Rene Cornejo y Carlos Paredes, todos comprendidos en el proceso penal por el caso Gasoducto Sur Peruano vinculado a Odebrecht. La decisión fue tomada por el juez Leodan Cristóbal Ayala mediante una resolución emitida el último 3 de julio, a la que tuvo acceso RPP. El magistrado declaró “fundada” una solicitud de excepción de improcedencia de acción presentada el 19 de setiembre del 2025 por la defensa legal del exministro Luis Miguel Castilla, quien pidió el “sobreseimiento” o “archivo” del delito en favor de su patrocinado. El argumento central fue la atipicidad relativa por ausencia del elemento normativo “delito fin sancionado con pena privativa de libertad mayor a 6 años”. Cristóbal Ayala dispuso que los efectos de esta decisión se hagan extensivos al exmandatario, su esposa y los demás exfuncionarios implicados, ordenando también para ellos el archivo del delito de asociación ilícita. La medida se adoptó en aplicación de la Ley N.º 32108, que establece que los “delitos fines” en el delito de organización criminal deben tener una pena abstracta mínima superior a los seis años de privación de la libertad. El juez subrayó que dicha norma debe aplicarse incluso a hechos anteriores a su vigencia, por imperio del principio de favorabilidad y la retroactividad benigna en materia penal. En su análisis, el magistrado determinó que en este caso la presunta comisión del delito de asociación ilícita (organización criminal) estaba vinculada al delito fin de colusión agravada. La pena mínima del segundo párrafo del artículo 384 del Código Penal es de seis años, lo que no supera el tope mínimo del artículo 317 del mismo código, en aplicación de la favorabilidad benigna de ley intermedia (Ley N.° 32108). Por ello, concluyó que se concretaba la fundabilidad de la excepción de improcedencia de acción postulada por la defensa de Castilla, puesto que la vinculación con la organización criminal se limitaba únicamente al delito de colusión agravada como único delito fin. Como consecuencia del archivo, el juez ordenó que se levanten todas las medidas cautelares de carácter personal impuestas a estas personas, derivadas de su exclusión del proceso en el extremo del objeto penal por el delito de asociación ilícita. En la audiencia, el juez Cristóbal Ayala determinó que los implicados en el caso Gasoducto Sur Peruano continúen vinculados al proceso en su “objeto civil”, específicamente para la determinación del pago de una eventual reparación civil por los daños y perjuicios derivados del presunto delito de asociación ilícita en agravio del Estado. Esta decisión se sustenta en el artículo 12.3 del Código Procesal Penal y la doctrina legal del Acuerdo Plenario Nº 4-2019. El magistrado también programó la reanudación de la audiencia de control de la acusación fiscal para el lunes 6 de julio a las 9:00 a. m. En esa sesión, evaluará las solicitudes de excepción de improcedencia de acción presentadas por los acusados para que se archive el delito de colusión agravada que el Ministerio Público también les atribuye en este proceso penal. La fiscal Geovana Morí, quien integró el Equipo Especial de la Fiscalía para los casos Odebrecht y Lava Jato, solicitó 35 años de prisión contra el expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia al acusarlos por los presuntos delitos de asociación ilícita y colusión agravada. Además, la representante del Ministerio Público pidió penas de entre 9 y 35 años de cárcel para otras 21 personas, entre las que figuran los exministros Luis Miguel Castilla, Eleodoro Mayorga, René Cornejo y Carlos Paredes, así como el exsuperintendente de Odebrecht en el Perú, Jorge Simoes Barata. En este proceso penal, tres empresas se encuentran en condición de terceros civilmente responsables. Cabe recordar que el 15 de abril de 2025, el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional condenó a Ollanta Humala y Nadine Heredia a 15 años de prisión por el delito de lavado de activos, a raíz de los presuntos aportes ilegales para financiar las campañas presidenciales del exmandatario en 2006 y 2011. Actualmente, el expresidente cumple esta condena en el establecimiento penitenciario Barbadillo, en el distrito limeño de Ate, mientras que su esposa se encuentra en Brasil, luego de que el gobierno de ese país le otorgara asilo. Renovación Popular apela resolución que declaró improcedente candidatura de López Aliaga a elecciones municipales

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