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por Fiorella Hokama
Actualizado el 22 de Dic, 2025 5:15 pmIndecopi sancionó al BCP y a Credicorp Capital SAF con S/ 184,949 por permitir retiros no autorizados de S/ 60,000 de fondos mutuos de una clienta. La entidad ordenó la devolución del dinero con intereses y dispuso medidas correctivas por fallas graves de seguridad y consentimiento.
En una reciente decisión de primera instancia, la Oficina Regional del Indecopi en Áncash (ORI Chimbote) ha impuesto una multa total de S/ 184,949 (equivalente a 34.57 UIT) al Banco de Crédito del Perú (BCP) y a Credicorp Capital Sociedad Administradora de Fondos (Credicorp SAF). La sanción responde a una serie de infracciones que permitieron el retiro sistemático y no autorizado de S/ 60,000 de la cuenta de fondos mutuos de una cliente.
La investigación de las autoridades determinó responsabilidades específicas para ambas entidades del mismo grupo empresarial:
- Banco de Crédito del Perú (BCP): Fue sancionado con 11.60 UIT tras comprobarse que abrió una cuenta de ahorros y emitió una tarjeta de débito a nombre de la afectada sin su solicitud ni autorización. Según el Indecopi, esta acción "contraviene las normas que prohíben modificar los términos de un servicio sin el consentimiento expreso del cliente".
- Credicorp SAF: Recibió la multa más alta, ascendente a 22.97 UIT, por vulnerar el deber de idoneidad. La entidad permitió cinco retiros no autorizados de los fondos mutuos de la usuaria "sin aplicar las medidas de seguridad necesarias para proteger dichos fondos", facilitando que el dinero fuera transferido a la cuenta abierta irregularmente por el BCP.
Además de las multas económicas, el Indecopi ha ordenado medidas inmediatas para reparar el daño causado a la consumidora. Credicorp SAF dispone de un plazo máximo de quince (15) días hábiles para devolver los S/ 60,000 sustraídos, sumando además los intereses legales que correspondan por el periodo afectado. Por su parte, el BCP tiene la obligación de eliminar la cuenta de ahorros y cancelar la tarjeta de débito generadas sin consentimiento.
Es importante precisar que esta resolución (N.º 0228-2025/INDECOPI-CHT) todavía puede ser apelada por las entidades financieras ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.
Para entender mejor esta situación, imagine que usted guarda sus ahorros en una caja fuerte (fondos mutuos) y la entidad encargada de cuidarla permite que alguien abra una puerta trasera sin su permiso y retire el contenido poco a poco, sin verificar quién es el que sale con el dinero. El Indecopi ha castigado tanto al que fabricó la llave sin permiso como al guardia que no vigiló la salida de los fondos.
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