La Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) agotó la vía administrativa en el caso de Diviso SAF. En su reciente resolución, el regulador declaró infundado el recurso de apelación que la administradora de fondos había interpuesto contra la medida impuesta a inicios de año, con lo que confirmó la sanción.
El 26 de enero, la Superintendencia Adjunta de la SMV había revocado la autorización de funcionamiento de Diviso SAF por infracciones muy graves. Según el organismo, la empresa efectuó –en los hechos– una oferta pública sin haber inscrito previamente los valores en el Registro Público de Mercado de Valores ni registrado el prospecto correspondiente.
La SMV sostiene que Diviso SAF sabía que la oferta se había dirigido a cientos de inversionistas, en su mayoría personas naturales, aunque la administradora asegura que esta era privada. “Un actuar diligente pudo ser detener la oferta, revisar que los invitados eran exclusivamente inversionistas institucionales, destinar la oferta a entidades financieras y no a personas naturales ahorristas, entre otros. No obstante ello, y a pesar de estar en esfera de control de Diviso SAF, este mantuvo su accionar asumiendo los riesgos y las consecuencias del mismo”, afirma el regulador.
En febrero, Diviso SAF interpuso el recurso de apelación solicitando que se deje sin efecto la sanción. Ese mismo mes, el regulador calificó el procedimiento como “de alta complejidad”, y ahora, con la resolución final, la firma queda sin opciones en sede administrativa.
Una apelación que se demora seis meses es inaceptable. Así lo expresó Ricardo Gallo, presidente de Apefac y gerente general de Inandes, quien además pidió a la SMV que actúe con mayor celeridad y que sus respuestas sean mucho más rápidas. “Si hay algo que pedirle a la superintendencia, además de que sea muy profesional y técnica, es la necesidad de que actúe o que dé respuestas mucho más rápidas. Una apelación no puede demorar seis meses”, sostuvo.
El ejecutivo también advirtió que el caso de Diviso SAF genera perturbación en el mercado financiero local. En ese sentido, cuestionó la labor de algunos asesores: “A veces, hay falta de ética de los vendedores o asesores de estas empresas (administradoras de fondos) que no explican los pro y contra de las operaciones, solo hablan de lo positivo”.
La propia SMV ha recopilado testimonios que respaldan esas críticas. En particular, en Cajamarca hay personas que denunciaron haber sido inducidas a invertir en bonos corporativos de Diviso cuando su intención original era un depósito a plazo. Uno de esos casos quedó documentado en los antecedentes del regulador: un denunciante informó que el 10 de junio de 2024, en las oficinas de Financiera Credinka S.A. de Cajamarca, lo indujeron a adquirir bonos corporativos de DIC FI, un fondo de inversión. Ese escrito fue presentado a la SMV el 23 de octubre de 2024. Luego, el 26 de febrero de 2025, formuló una denuncia formal contra Diviso Grupo Financiero S.A. y Diviso SAB, señalando que “con información falsa, inexacta y ocultando información la indujeron a adquirir bonos corporativos privados emitidos por DIC FI en las oficinas de Credinka en Cajamarca”.
Para Álvaro Castro, socio de Damma Legal Advisors, la decisión del regulador ya quedó firme en sede administrativa. “Agotar la vía administrativa significa que no existe ningún recurso que se pueda interponer ante la SMV. Es la última instancia; no hay nada que hacer, la SMV ya decidió. Diviso SAF solo podría ir al Poder Judicial para que un juez revoque la decisión. Eso significa que la decisión de la SMV ha quedado firme, pero todo acto administrativo puede ser revocado, esa es una posibilidad”, explicó. No obstante, consideró poco probable que la administradora consiga una medida cautelar que suspenda la operación del regulador mientras dure un proceso judicial que podría extenderse, por ejemplo, dos años.
Álvaro Castro, de Damma Legal Advisors, precisó que, según el reglamento de fondos mutuos, el gerente general de Diviso SAF deberá convocar en los próximos 15 días a una asamblea de partícipes, la cual deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días útiles contados a partir de la citación. En ese momento, los inversionistas tendrían que haber definido a qué sociedad administradora pasará su fondo. “Obviamente, deberían haberse acercado a otras gestoras”, mencionó el especialista. Cabe recordar que Financiera Credinka, que era parte del Grupo Diviso, fue intervenida en septiembre del 2024 por la SBS por “deterioro acelerado de su solvencia”.
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