El abogado de Juntos por el Perú (JP), Walter Ayala, ratificó que el candidato presidencial Roberto Sánchez no reconocerá un eventual gobierno de Keiko Fujimori si el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) no dispone un reconteo de votos o no atiende las denuncias y recursos presentados por su organización política. En Ampliación de Noticias, Ayala explicó que la posición de Sánchez Palomino está condicionada a la actuación de las autoridades electorales frente a los cuestionamientos planteados por JP respecto al proceso de votación en el extranjero.

Ayala cuestionó que el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 haya declarado improcedentes los pedidos de nulidad presentados por su agrupación sobre mesas de sufragio en el exterior. Indicó que la resolución se sustentó en aspectos administrativos, como el pago de una tasa y el cumplimiento de plazos, pero sostuvo que el fondo del reclamo no fue analizado. “Lo que ha hecho el jurado, el día de ayer, es declarar improcedente por falta de un pago administrativo”, manifestó.

El abogado de JP argumentó que lo solicitado corresponde a una nulidad de oficio, mecanismo que, según su interpretación, puede ser aplicado por la autoridad cuando advierte posibles irregularidades. En ese sentido, consideró que el organismo electoral debió pronunciarse expresamente sobre la imposibilidad de aplicar esa figura. Asimismo, señaló que las observaciones de su agrupación están relacionadas con la emisión de la Resolución Jefatural 090-2026 de la Oficina de Procesos Electorales (ONPE), publicada el 1 de junio de 2026, pocos días antes de la segunda vuelta electoral. Según sostuvo, dicha disposición habría modificado procedimientos vinculados al procesamiento de votos en el extranjero.

El letrado también sostuvo que existen presuntas vulneraciones a la Ley Orgánica de Elecciones y que se haya declarado improcedentes los pedidos de nulidad presentados por su agrupación respecto a mesas de sufragio en el extranjero.

Sergio Espinoza Ayala sostuvo que la norma cuestionada vulnera la Ley Orgánica de Elecciones al haberse emitido durante el desarrollo del proceso electoral. “Al haberse emitido una resolución 090 el día primero de junio del año 2026 y a seis días de la segunda vuelta, esa norma ha violado la Ley Orgánica de Elecciones, el artículo 13 del título preliminar que dice que no se puede cambiar”, declaró. “Estamos hablando que esto ya no solamente abarca el tema reglamentario, sino también abarca el tema de la Constitución y también de la misma Ley Orgánica de Elecciones”, afirmó. En esa línea, explicó que anteriormente los resultados de las mesas en el extranjero eran digitalizados y remitidos de manera inmediata tras concluir el escrutinio, mientras que – indicó – el nuevo procedimiento dispone que la documentación sea enviada mediante valijas diplomáticas. Frente a ello, Ayala informó que presentó una acción de amparo para que el caso sea evaluado por el Poder Judicial. Consultado sobre la posición de Sánchez frente a una eventual proclamación de Keiko Fujimori, repitió que el aún aspirante presidencial ha adelantado que no reconocerá ese escenario si, a su juicio, las autoridades electorales no atienden los cuestionamientos formulados por su agrupación. “Roberto Sánchez ha dicho que no va a reconocer a la señora Fujimori”, sostuvo. Ayala añadió que, como abogado del líder de Juntos por el Perú, continuará respaldando las acciones legales emprendidas y que cualquier decisión futura será evaluada junto con su patrocinado.

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