La asfixia de la industria textil peruana: el 80% de ropa importada proviene de China
La asfixia de la industria textil peruana: el 80% de ropa importada proviene de China
COMPETENCIA. Gabriel Quispe confecciona con materiales peruanos para garantizar la calidad pero debe competir con prendas importadas de bajo costo.
Foto: OjoPúblico / Paul TuestaMientras el gobierno declara en emergencia al sector textil peruano, los pequeños productores de ropa reclaman medidas extraordinarias para proteger su industria de las prendas importadas, principalmente desde China. Esta investigación de OjoPúblico establece que en lo que va del 2026, ocho de cada diez toneladas de prendas importadas llegaron desde ese país. La crisis también alcanza a los grandes productores peruanos de telas, quienes ven en los derechos antidumping una forma de equilibrar el mercado frente al gigante asiático, aunque los procesos para lograrlos ante el Indecopi sean lentos, costosos y difíciles.
18 Octubre, 2026
Blancaluz Mamani Huaricacha necesita contratar tres servicios por cada jean que vende en Gamarra: costura, lavandería y teñido. Producir cada prenda le cuesta 38 soles en promedio. Si consigue venderla a 45, gana apenas 7 soles. O ganaba.
“Ahora, una ropa importada china se está consiguiendo hasta por menos que eso”, dice. La empresaria, que trabaja desde hace cuarenta años en el emporio comercial ubicado en Lima, expone la preocupación que comparten miles de pequeños productores peruanos que compiten con la industria textil más grande del mundo: China.
En cinco años, la importación de prendas e insumos textiles provenientes del país asiático creció 36%. Una amplia investigación de OjoPúblico establece –a partir del análisis de más de 200 subpartidas arancelarias– que el ingreso de ropa al Perú, desde distintos países, ha aumentado de 66 mil toneladas en 2021 a más de 89 mil toneladas para el 2025. De ese total, el 80% de prendas que hoy ingresan a competir con productores locales son de origen chino.
Sin embargo, aunque a inicios de este mes el Ministerio de Producción declaró en emergencia el sector por la caída del 13% en la producción anual de confecciones y el 5% de textiles, no existen medidas extraordinarias para proteger a los fabricantes peruanos de prendas terminadas frente al aumento de las importaciones.
GAMARRA. Blancaluz Mamani trabaja desde hace 40 años en Gamarra. Hoy mantiene su negocio junto a sus hijos, que son diseñadores.
Foto: OjoPúblico / Paul Tuesta
Una de estas herramientas son las salvaguardias, aranceles temporales aplicados a todas las importaciones de productos similares cuando su incremento causa o amenaza con causar un daño grave a la industria nacional.
El último intento de aplicarlas al sector de confecciones concluyó en 2023, cuando una Comisión Multisectorial integrada por los ministerios de Economía y Finanzas y de Comercio Exterior y Turismo se negó a implementarlas, sobre la base de un informe del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
Un sector económico asfixiado
Gabriel Quispe es dueño y fundador de su propia marca de ropa que incluye pantalones, camisas, polos y casacas. Tiene 35 años y trabaja en Gamarra desde los 17, cuando empezó como jalador. Hoy tiene una tienda donde las prendas pueden costar entre S/ 40 y S/ 120.
Él, como Blancaluz, debe competir con prendas importadas más baratas. Aunque apela a la calidad de sus diseños, producidos con telas nacionales, se siente en una posición de desventaja frente a la competencia. “Lo que nos preocupa es que el cliente vuelva. Pero en el negocio sí nos ha perjudicado bastante las importaciones”, explica el empresario.
El análisis realizado por OjoPúblico de 284 subpartidas arancelarias de importaciones de ropa terminada (camisas, pantalones, abrigos, etc.), revela que el ingreso de estos productos, desde distintos países, ha crecido de 66.553 toneladas en el 2021 a 89.458 toneladas en el 2025. Entre enero y octubre de este año el monto importado asciende a 71.988 toneladas.
China concentra el 80% de todas esas importaciones: sus envíos al mercado peruano aumentaron de 52.921 toneladas en 2021 a 71.853 toneladas en 2025. La tendencia se mantiene este año: hasta octubre, ingresaron al país 59.367 toneladas de prendas chinas, equivalentes al 82% del total importado.
Le sigue, muy por debajo, Bangladesh como segundo principal importador de prendas con el 6% y la Zona Franca Perú, con el 3% del volumen hasta el año pasado.
Diez empresas importadoras concentraron el 33% del total de prendas de vestir ingresadas al Perú el año pasado. El resto correspondió a otras 3.478 empresas que movilizaron menores volúmenes.
Entre las cinco principales importadoras figuran tres empresas vinculadas a grupos de capitales chilenos, una a capitales peruanos y una más a capitales suecos: Saga Falabella S. A., asociada al Grupo Falabella; Tottus, que pertenece a la misma matriz; Supermercados Peruanos S.A, del Grupo Intercorp; Ripley, vinculada al Grupo Ripley; y H & M cuya empresa matriz es la sueca H & M Hennes & Mauritz AB.
Saga Falabella ocupó el primer lugar, con el 9% del total de prendas importadas en 2025. De sus compras, el 84% provino de China. Tottus, Supermercados Peruanos S. A. y Ripley representaron, cada una, el 4% de las importaciones, mientras que H&M concentró el 3%. En cuanto al origen de las prendas, China fue el principal proveedor de Tottus, Supermercados Peruanos y Ripley, con el 61%, 97% y 77% de sus importaciones, respectivamente. En el caso de H&M, solo el 18% de las prendas importadas provino del país asiático.
China es hoy el mayor mercado textil del mundo. Un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) del 2020 reveló que el país representaba el 44% del total mundial de exportaciones textiles en cuanto a valor y empleaba a un total de 20 millones de personas.
En contraste, el sector textil peruano estaba conformado, hasta 2021, por 33.584 empresas activas, de las cuales solo 77 eran empresas grandes y el resto, micro, pequeñas y medianas empresas, según Indecopi.
Frente a ese escenario desigual, Raúl Saba, presidente del Comité Textil y Confecciones de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), señala que implementar medidas para proteger a los productores nacionales deberían ser una prioridad. “Las salvaguardias podrían parar en algo estas importaciones. Se debería evaluar de forma urgente y aplicarlas, es algo que ayudaría mucho sobre todo a las micro y pequeñas empresas”, dijo a OjoPúblico.
El sector textil peruano estaba conformado, hasta 2021, por 33.584 empresas activas, de las cuales solo 77 eran empresas grandes.
En el 2021, Indecopi determinó que el aumento de importaciones de prendas de vestir –evaluó el periodo 2016-2021– coincidía con el deterioro de indicadores económicos en el sector, específicamente el de producción nacional que había bajado en 5% entre 2018 y 2019 y, con la pandemia, un 33% en 2020. En ese momento se recomendó iniciar la investigación correspondiente para determinar si se requerían salvaguardias o no.
Sin embargo, en 2023, el propio Indecopi emitió otro informe en el que recomendó a la Comisión Multisectorial encargada de aprobar las salvaguardias su “no aplicación” argumentando que, luego de una investigación más exhaustiva —que duró entre diciembre de 2021 y junio de 2022—, no halló un daño significativo a la rama de producción nacional de prendas acabadas que estuviera causado por las importaciones.
Consultado por este proceso, el Indecopi dijo a OjoPúblico que “si bien se constató un incremento de las importaciones, dicha circunstancia no resultaba suficiente para recomendar la aplicación de medidas de salvaguardia”. Además, señaló que entre enero de 2016 y junio de 2021, “la mayoría de los indicadores económicos de la rama de producción nacional registró un comportamiento fluctuante, observándose resultados favorables tanto en los años anteriores a la pandemia como en la parte final del periodo de análisis”.
CONFECCIONES. En el taller del empresario Jefri Salvador trabajan seis personas dedicadas a fabricar polos con algodón jersey peruano.
Foto: OjoPúblico / Paul Tuesta
Nelson Espino Rabanal, abogado especialista en comercio exterior y defensa comercial, explica que para entonces el proceso de salvaguardias se enfrentó a un problema importante: la atomización del sector textil.
El procedimiento para aplicar salvaguardias se rige por las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y exige investigaciones que cumplan requisitos específicos. Se debe demostrar que las importaciones han aumentado significativamente, que ese incremento causa o amenaza con causar un daño grave a la industria nacional y que existe una relación causal entre ambos hechos.
Sin embargo, según Espino las dinámicas propias del mercado de las confecciones impiden medir la afectación real de las importaciones pues para eso se requiere información detallada de un sector marcado por empresas muy pequeñas e informales.
Pese a ello, en el actual contexto, considera que las salvaguardias deberían volver a ser evaluadas. "Creo que hay motivos más que suficientes para por lo menos empezar a revisar si es que corresponde iniciar un procedimiento de salvaguardias", dijo a este medio.
El incremento de importaciones no solo ocurre en el rubro de prendas terminadas sino también con insumos que cuentan con medidas antidumping.
Para Víctor Fuentes, gerente central de Economía del Instituto Peruano de Economía (IPE), la denegatoria de las salvaguardias en el 2023 fue una decisión correcta porque la reducción de los indicadores de ese año podrían explicarse en los efectos de la pandemia, que trajo nuevas dinámicas como el trabajo remoto o híbrido.
A pesar de ello también reconoce que el sector textil se encuentra hoy en una crisis. De acuerdo con el Ministerio de la Producción, explica, la primera mitad de este año se ha usado solo el 58% de la capacidad productiva en esta industria. Este indicador sí es grave porque significa que se están usando menos máquinas y menos espacios de producción, para los cuales todavía se tienen que pagar alquileres, mantenimientos y otros gastos asociados.
Dumping y triangulación
El incremento de importaciones no solo ocurre en el rubro de prendas terminadas sino también con insumos que, a diferencia de lo que sucede con las salvaguardias, cuentan con medidas antidumping —un arancel al precio de ingreso— impuestas por el Indecopi.
En los tres casos de medidas vigentes, sobre tejidos de poliéster, tejidos de ligamento tafetán y cierres de cremallera provenientes de China, las importaciones siguen aumentando pese a las restricciones aplicadas o renovadas entre 2021 y 2026.
El análisis OjoPúblico sobre las subpartidas arancelarias correspondientes a los tejidos de poliéster muestra que China sigue siendo el principal proveedor. Las importaciones de estos tejidos aumentaron de 1.605 toneladas en 2021 a 2.413 toneladas en 2025.
China concentró la mayor parte de los envíos: pasó de exportar 1.550 toneladas en 2021, equivalentes al 97% del total, a 2.227 toneladas en 2025, que representaron el 92%. Le siguen India, Sri Lanka e Indonesia, entre otros países, con participaciones menores.
En el caso de los tejidos de tafetán, un tipo de tela de precio accesible y consistencia ligera, las importaciones también aumentaron: pasaron de 2.207 toneladas en 2021 a 3.111 toneladas en 2025. China y Pakistán, ambos países sujetos a derechos antidumping, se mantienen en el primer y segundo lugar, respectivamente, entre los proveedores del mercado peruano.
Por su parte, las importaciones de cierres de cremallera aumentaron de 1.308 toneladas en 2021 a 2.097 toneladas en 2025. En este caso, China ocupa el segundo lugar como país de origen desde 2023, por detrás de Indonesia.
En este terreno quienes se ven afectados son las compañías peruanas con una presencia mucho mayor a las micro y pequeñas productoras de ropa. Una de ellas es Tecnología Textil S. A., una compañía productora de tejidos de poliéster con más de 60 años de experiencia en el mercado, que actualmente emplea a 582 trabajadores.
En 2022, esta empresa solicitó al Indecopi que impusiera derechos antidumping a las importaciones chinas. La medida finalmente se aplicó en agosto de ese año por un periodo inicial de seis meses, que posteriormente se prorrogó por cinco años más. Según un informe de la entidad, tras su entrada en vigor, los envíos directos desde China cayeron a cero. El problema es que luego se detectó que estos productos habían comenzado a ingresar a través de Malasia.
Una investigación del Indecopi, realizada en 2024, encontró que una empresa llamada Trilomark Malaysia había comenzado a enviar este producto al Perú pese a que, según la propia Embajada de Malasia se dedicaba a la venta de materiales de construcción y artículos de ferretería. La única empresa identificada como productora de ese tejido en el país era Recron (Malaysia) SDN, otra compañía.
No fue la única forma de evasión. Los productos chinos que ingresaban con el nombre de la empresa de Malasia también modificaban las especificaciones de tamaños. En agosto de 2024, Indecopi amplió los derechos antidumping ya impuestos sobre estas mercancías procedentes de China y de Malasia, sean o no declarados originarios de dicho país.

ELUSIÓN. Indecopi comprobó que los tejidos de poliéster importados de Malasia entre enero y diciembre de 2023 fueron fabricados en China.
Captura de documento
En el Perú, estas importaciones ingresaban a través de Textisur E. I. R. L., de acuerdo con la investigación del Indecopi. Este medio solicitó a esta empresa, por correo electrónico y WhatsApp, una entrevista o respuestas sobre el caso, pero no obtuvo respuesta hasta el cierre de edición.
Tecnología Textil S. A. señaló, en una respuesta escrita a este medio, que el monto de los derechos antidumping impuestos debería ser mayor, que se mantiene alerta ante otras posibles formas de elusión y que la medida sí fue efectiva para frenar la elusión de los derechos antidumping mediante la triangulación comercial con Malasia.
La dificultad de equilibrar el mercado
Para aplicar derechos antidumping, de acuerdo a las normas de la Organización Mundial de Comercio (OMC), se debe acreditar el daño a la industria nacional y su relación con las importaciones investigadas. Además, es necesario demostrar que el producto se exporta a un precio inferior al que se vende en el mercado interno del país de origen, práctica conocida como dumping.
La OMC registra actualmente 2.511 medidas antidumping, de las cuales 910 se dirigen a importaciones procedentes de China. De estas, 40 corresponden al sector de materias textiles y sus manufacturas, y han sido aplicadas por 16 economías, entre ellas Perú, Estados Unidos, Brasil, México, India, Turquía y la Unión Europea.
En el Perú, Indecopi tiene la potestad de investigar casos de salvaguardias y derechos antidumping, así como de aplicar estos últimos. Sin embargo, el proceso para llegar a estas medidas es complejo. Aunque Indecopi puede actuar de oficio, en los últimos años han sido las empresas las que han solicitado su aplicación.
Tecnología Textil S. A., en su caso contra los tejidos de poliéster chinos, señaló a OjoPúblico que la parte más difícil del proceso fue demostrar el precio al que se comercializaba ese producto en el mercado interno chino, un requisito solicitado por Indecopi. Para cumplirlo y permitir que la investigación avanzara, tuvo que conseguir un comprobante de pago en China, lo que le resultó bastante complicado.
A estas dificultades se suman los plazos. El economista Gonzalo Manrique señala que, debido a la complejidad de los casos de dumping, las investigaciones suelen demorar y las medidas pueden llegar cuando el mercado ya ha sido afectado.
“El Indecopi suele utilizar los plazos más largos [para los procesos por derechos antidumping], por falta de recursos humanos capacitados suficientes para llevar a cabo varias investigaciones al mismo tiempo, ello producto del debilitamiento institucional que ha sufrido esa importante institución”, apunta también Silvia Hooker, gerente de Asuntos Internacionales de la SNI.
Para Víctor Fuentes, gerente central de Economía del IPE, este también es uno de los puntos más críticos de estos procesos. “¿Cómo hacemos para ser más eficientes, más rápidos [en procesos de salvaguardias o derechos antidumping]? Nosotros creemos que es fortaleciendo el Indecopi”, refiere el especialista.
Por su parte, Indecopi señaló a OjoPúblico que la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB) registró un aumento del 86% en el número de expedientes por casos antidumping en 2025, en comparación con 2020. Según la entidad, esto “elevó la complejidad técnica para el cálculo de márgenes de dumping individuales dentro de los plazos estrictos de 12 a 18 meses que fija el Acuerdo Antidumping”.
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¿Cómo analizamos las importaciones que afectan al sector textil en el Perú?
Para este análisis se tomaron en cuenta dos tipos de importaciones: las que son de prendas acabadas y fueron evaluadas en 2021, como parte de un proceso de salvaguardias, y las que se refieren a materias primas bajo derechos antidumping vigentes.
En primer lugar, se delimitó el universo de subpartidas arancelarias correspondientes a los dos tipos de mercancías analizados: prendas terminadas e insumos textiles sujetos a derechos antidumping. Para las prendas terminadas, se identificaron las subpartidas incluidas en la investigación realizada por Indecopi en 2021. Para los insumos textiles, se revisaron las resoluciones vigentes emitidas por la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB) de Indecopi, a fin de identificar los códigos arancelarios de diez dígitos correspondientes a cada producto sujeto a derechos antidumping.
Para el caso de prendas acabadas se analizaron 284 subpartidas arancelarias de los capítulos 61, 62 y 63 del Arancel de Aduanas, que comprenden prendas y otros artículos confeccionados, las cuales están detalladas en el informe N° 092-2021/CDB-INDECOPI de Indecopi.
Mientras que para materias primas bajo derechos antidumping vigentes se identificaron las siguientes subpartidas, de acuerdo a cada resolución analizada:
Cierres de cremallera y sus partes / Resolución: N°293-2021/CDB-INDECOPI:
1. 9607.11.00.00
2. 9607.19.00.00
3. 9607.20.00.00
Tejidos de ligamento tafetán mezcla / Resolución: N°058-2026/CDB-INDECOPI:
1. 5512.11.00.00
2. 5512.19.00.00
3. 5513.11.00.00
4. 5513.21.00.00
Tejidos 100% poliéster / Resolución: N°0052-2025/SDC-INDECOPI:
1. 5512.11.00.00
2. 5512.19.00.00
Para todos estos productos se analizó principalmente: El peso neto en kilogramos y toneladas, el valor en USD y la evolución de ambos indicadores durante el período de estudio (2019 - 2026).
Los resultados fueron agrupados por año, país productor y empresas importadoras, para identificar cambios relevantes en el volumen de importaciones.
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