La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP actualizó los montos de capital social mínimo exigidos a las empresas bajo su supervisión para el trimestre octubre-diciembre del 2026, de acuerdo con la Circular Nº G-234-2026.
La medida alcanza a entidades del sistema financiero, empresas de seguros, bancos de inversión y compañías de servicios complementarios y conexos.
La actualización se realiza en aplicación de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, que faculta a la SBS a ajustar trimestralmente estos requerimientos. En términos prácticos, el capital social mínimo funciona como un umbral patrimonial básico que deben cumplir las empresas para operar dentro del marco regulatorio peruano.
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Incremento en los montos
Al comparar los nuevos montos con los establecidos para el trimestre julio-setiembre del 2026, se observa un incremento cercano al 2.36% en todas las categorías.
Este aumento responde a la actualización por variación del Índice de Precios al Por Mayor, aunque la SBS utiliza factores diferenciados según el tipo de empresa y el periodo base aplicable.
Las empresas bancarias y los bancos de inversión se mantienen como las entidades con el mayor requerimiento de capital social mínimo. Para el trimestre octubre-diciembre, ambas categorías deberán contar con al menos S/ 33′743,000, frente a los S/ 32′965,300 exigidos en el trimestre anterior. Esto representa un incremento de S/ 777,700.
En el caso de las empresas financieras y las cajas municipales de ahorro y crédito, el nuevo capital mínimo asciende a S/ 16′968,800, por encima de los S/ 16′577,700 fijados para julio-setiembre. La variación es de S/ 391,100.
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Cajas municipales y cooperativas
Dentro del grupo de empresas de operaciones múltiples, las cajas municipales de crédito popular deberán acreditar un capital social mínimo de S/ 9,050,100, lo que supone un aumento de S/ 208,600 frente al trimestre anterior.
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