A través de una proposición legislativa (N° 00422-2026-2031-CD), la bancada de Renovación Popular (RP) plantea “fortalecer” el marco legal que rige las Asociaciones Público-Privadas (APP) y Proyectos en Activos (PA), que recién acaba de cumplir un año de publicada.
El campo de acción de Superintendencia Nacional de Servicios y Saneamiento (Sunass), Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) y Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) vuelve así a ser un punto de discusión, tras ver limitada su capacidad en la última norma APP y recibir otra “estocada” en una ley de crédito suplementario que dejó el Gobierno de José Balcázar.
Gestión analiza esta nueva propuesta a detalle.
De un extremo al otro
Antes de irse del poder, Balcázar aprobó una ley de crédito suplementario, por S/ 4,160.3 millones, que dejó una sorpresa para los reguladores.
La limitación, que dejó su rol acotado solo a la fase de ejecución de estos proyectos, generó diversos comentarios entre especialistas, recordó ahora Aouda Del Castillo, Asociada Principal de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU). Sin embargo, no se ha podido medir su éxito, ya que han pasado pocos meses.
En ese panorama, ahora la propuesta de RP busca no solo restituir lo que Balcázar quitó a los reguladores, sino devolverles un abanico de responsabilidades que se remontan incluso a leyes APP ya derogadas.

“Ahora volverían a participar en la etapa de diseño y en las propuestas de modificaciones contractuales, es decir, en etapas tempranas con observaciones, que ya no se dejarían para etapas posteriores, como la ejecución contractual”, comentó la abogada.
Del Castillo reconoce utilidad en restituir este “poder” a los reguladores, pero Aldo Reggiardo, Socio de Cuatrecasas, precisó un problema con esta posibilidad. La iniciativa de RP no solo empodera a los reguladores, si no que deja en vilo a los interesados respecto a cuándo se pronunciarán estos organismos.
Y es que, aunque fijan un plazo de 15 días hábiles, si no se manifiestan en ese tiempo, la proposición legislativa plantea que “la falta de pronunciamiento no constituye opinión favorable”.
“No solo ampliarían el marco de opinión de los reguladores, lo que en su momento fue criticado porque generaba retrasos en los procesos, sino que quitarían el silencio administrativo positivo. No me parece adecuado, generaría incertidumbre no saber si el regulador se pronunciará formalmente o no”, advirtió.
- LEA TAMBIÉN: Competencia en megaproyectos APP se redujo desde 2023, ¿por qué hay cada vez menos empresas?
Mayor tiempo para decidir
Otro aspecto llamativo de esta propuesta de ley presentada por RP está vinculada a qué hacer con las concesiones que vencen de manera natural, es decir, al vencer sus contratos.
Por ese motivo, recordaron Del Castillo y Reggiardo, la Ley APP vigente estableció, por primera vez, un procedimiento para que el Estado peruano evalúe, con prontitud y urgencia, qué hacer con estos proyectos cuando estén por culminar.
El plazo que tienen para dicha evaluación es de 3 años previos a la culminación y las opciones son: hacerse cargo directamente, renovar con el mismo concesionario o licitar para seleccionar otro.
Esta norma introdujo este mecanismo a raíz de casos como el del proyecto de irrigación de Olmos. Como se recuerda el Gobierno de Dina Boluarte tardó en definir su futuro, lo que acortó el plazo para que ProInversión convoque a una nueva licitación, que ahora se adjudicaría a finales del 2027. Previo a ello se rechazó una propuesta de Novonor (ex Odebrecht) para continuar a cargo del proyecto de irrigación y hoy se mantiene bajo el brazo del Gobierno Regional de Lambayeque.
RP cree que ese tiempo es muy corto. “En los contratos cuyo plazo inicial sea igual o mayor a 15 años, la Entidad Pública Titular del Proyecto inicia, cuando resten 7 años para su vencimiento, la evaluación estratégica sobre la continuidad del servicio y aprueba, a más tardar 5 años antes del vencimiento, la estrategia correspondiente”, plante la proposición legislativa.

Para Reggiardo que el Estado inicie este análisis mucho antes de que venza la APP es positivo por una razón sencilla: estructurarlas cuesta. “3 años para sacar bases, roadshows y más es muy corto. Me parece positiva la propuesta de dar más plazo para evaluar la estrategia a seguir, según el tipo de concesión con el que se lidie”, resaltó.
Del Castillo no cuestionó la necesidad de extender la temporalidad, pero sí consideró que la redacción de este artículo en la propuesta de RP puede ser problemática. ¿La razón? El texto privilegia una de las opciones que tiene el Estado frente a la caducidad: volver a licitar.
“El enfoque de la norma actual es más amplio y obliga a evaluar todas las alternativas por igual: concurso, renovación o que lo tome el Estado. Eso te lo permite lo que se conoce como informe de análisis multicriterio. En el proyecto hay un sesgo hacia una de las opciones: competir”, indicó.
La abogada de PPU no plantea descartar licitaciones, si no que todas las alternativas, sobre todo la renovación, se evalúen por igual en la potencial ley. Especialmente, insistió, porque en la práctica es el camino que se viene tomando, como pasó con el puerto de Matarani, que opera Tisur desde 1999, y que se renovó hasta el 2059, tras la firma de una adenda por 30 años más.
- LEA TAMBIÉN: Centro de Convenciones de Lima ya tiene nuevo operador: ¿a quién adjudicó ProInversión?
Más “transparencia” en adendas acordadas
Algo positivo que rescatan ambos letrados de esta iniciativa de RP es su foco en alentar la transparencia en cómo se gestiona cada APP.
Entre ellas se destaca que toda “modificación contractual sustancial y toda decisión relativa a la continuidad, renovación, nueva competencia o reversión de un contrato de APP”, es decir, las adendas, tengan una ficha pública de trazabilidad, que se incorporará al Registro Nacional de Contratos de APP.
“Es positivo considerarlo, aunque no sé si alcance para una modificación legislativa o solo un lineamiento del Ministerio de Economía y Finanzas para fijarlo como una buena práctica”, refirió Reggiardo al respecto.
SOBRE EL AUTORPeriodista económico con más de 5 años de experiencia en el rubro y Conductor de "En Clave Económica" en Gestión Mundo (YouTube). Licenciado en Comunicaciones por la Pontificia Universidad Católica del Perú, con estudios en desarrollo de proyectos de inversión público y privada en más de una modalidad.
Comentarios 0
Súmate a la conversación
Tu comentario es anónimo, pero para evitar bots necesitamos que te registres. Es gratis y toma 30 segundos.
Crear cuenta para comentar Ya tengo cuenta