El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que desde este lunes 28 de septiembre comenzarán a aplicarse las restricciones electorales establecidas por la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), de cara a los comicios del domingo 4 de octubre. Las disposiciones comprenden la difusión de encuestas, las actividades políticas, la propaganda electoral, la venta de bebidas alcohólicas y determinadas actividades durante la jornada de votación.

El organismo electoral recordó que estas medidas tienen distintos horarios de inicio y contemplan sanciones en caso de incumplimiento. Por ello, detalló las fechas en las que cada prohibición comenzará a regir a nivel nacional.

¿Desde cuándo rige cada restricción?

  • Lunes 28 de septiembre, desde las 00:00 horas: queda prohibida la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación. El incumplimiento puede generar una multa de entre 10 y 100 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a montos de entre S/ 55 000 y S/ 550 000, según el JNE.
  • Viernes 2 de octubre, desde las 00:00 horas: quedan prohibidas las reuniones y manifestaciones públicas de carácter político. Esta disposición está contemplada en el artículo 190 de la LOE y su incumplimiento puede ser sancionado con una pena de prisión no menor de tres meses ni mayor de dos años.
  • Sábado 3 de octubre, desde las 00:00 horas: se suspende la propaganda política de cualquier tipo y difundida por cualquier medio. La infracción contempla una pena de prisión no menor de dos años.
  • Sábado 3 de octubre, desde las 8:00 a. m.: comienza la denominada ley seca, que prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas hasta las 8:00 a. m. del lunes 5 de octubre. Durante este periodo también deberán cerrar los establecimientos y espacios dedicados exclusivamente a dicha actividad.
  • Domingo 4 de octubre, de 7:00 a. m. a 5:00 p. m.: no se permitirán reuniones de electores dentro de un radio menor de 100 metros de los locales de votación. En ese mismo horario estarán prohibidos los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, las funciones teatrales y cinematográficas, además de las reuniones públicas de cualquier tipo.

¿Qué sanciones contempla la ley seca?

El incumplimiento de la prohibición sobre la venta de bebidas alcohólicas está contemplado en el artículo 390 de la LOE. La norma establece una pena de prisión no mayor de seis meses y una multa calculada en función del ingreso mínimo vital y los días de multa.

El JNE señaló que esta última sanción asciende a S/ 3 390. La restricción comprende tanto el expendio de bebidas alcohólicas como la atención en establecimientos destinados exclusivamente a esta actividad durante el periodo establecido.

Fiscalización durante los comicios

Las disposiciones electorales también alcanzan a las actividades que se desarrollen en las inmediaciones de los centros de votación durante el domingo 4 de octubre. Las sanciones correspondientes a estas y otras infracciones están previstas en el título XVI de la Ley Orgánica de Elecciones, referido a delitos, sanciones y procedimientos judiciales.

El JNE informó que sus fiscalizadores realizarán operativos en las distintas regiones del país para supervisar el cumplimiento de las restricciones. Estas acciones estarán dirigidas a verificar que las prohibiciones establecidas para los días previos y la jornada electoral sean respetadas.

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