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por Maricarmen Chinchay
Actualizado el 11 de Set, 2026 6:14 pmLa falta se detectó al revisar la información financiera anual del 2024, donde la organización no acreditó los recibos de dos aportes en especie y un tercer recibo por el uso del local partidario, documentos exigidos por la Ley de Organizaciones Políticas.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sancionó a la organización política Salvemos al Perú con una multa de dieciséis (16) unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/82 mil 400 soles por no haber expedido los recibos correspondientes a tres aportes en especie que recibió durante el 2024. La decisión consta en la Resolución Jefatural-PAS N° 000047-2026-JN/ONPE, del 7 de setiembre de 2026, firmada por el jefe interino, Bernardo Juan Pachas Serrano.
El caso se originó tras la revisión de la información financiera anual (IFA) correspondiente al 2024 que el partido presentó el 1 de julio de 2025. La ONPE identificó tres aportes en especie sin el recibo exigido: uno por 260 soles y otro por 1,200 soles, ambos declarados por la propia organización; y un tercero derivado del uso del local partidario ubicado en el Cercado de Lima. Sobre este último, la entidad determinó que, al no acreditarse contraprestación ni contrato alguno, la cesión gratuita del inmueble constituye también un aporte en especie a favor del partido.
El Poder en tus Manos, la cobertura electoral de RPP, consultó a Guillermo Suárez, presidente del partido Salvemos al Perú, sobre esta resolución, quien señaló desconocer la publicación de la misma. "No estoy de acuerdo [con la sanción] es un tema que debemos conversar con el contador y el secretario general", respondió.
Una subsanación tardía
Aunque la resolución señala que el partido subsanó dos de los tres aportes —los de 260 y 1,200 soles— mediante la presentación de recibos el 6 de marzo de 2026, la ONPE precisó que esa acción fue posterior al inicio del procedimiento sancionador y a la emisión del informe final de fiscalización; además, no comprendió el aporte por el uso del local partidario que sigue sin recibo.
“Respecto de la supuesta subsanación del recibo correspondiente al uso del local partidario, el Informe n.° 002296-2026-SGVC-GSFP/ONPE concluye que no obra en el expediente el recibo de aportación en especie correspondiente al uso del inmueble ubicado en Jr. Camaná n.° 989 – Cercado de Lima. En ese sentido, no se encuentra acreditada documentalmente la alegada subsanación, por lo que lo señalado por la organización política en su descargo no cuenta con sustento probatorio que permita tener por subsanada dicha observación”, se lee en el documento.
La ONPE evaluó y determinó imponer solo 16 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), el monto mínimo previsto por ley, equivalente a S/82,400 teniendo en cuenta que el valor de la unidad impositiva tributaria del 2014 estuvo calculada en S/ 5,150.
En la parte resolutiva del documento la Onpe exhorta al partido a subsanar la conducta infractora en un plazo de treinta (30) días hábiles, bajo apercibimiento de iniciar un nuevo procedimiento por infracción muy grave. Además, permite la posibilidad de acceder a una reducción de la multa en 25% si el partido cancela el monto de las 16 UIT de no presentar recurso alguno contra la resolución.
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