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Traslado de ONP a AFP: solicitudes iniciarán en junio de 2027 y afiliados podrán pedir Bono de Reconocimiento
La ONP y las AFP tienen hasta el 31 de mayo de 2027 para adecuar sus sistemas

por Aaron Ramos Medina

Actualizado el 11 de Set, 2026 9:15 am

De cara a la reforma de pensiones, la ONP oficializó el reglamento operativo para que un afiliado del sistema público se cambie al privado (AFP) y viceversa. El trámite se realizará a través de una plataforma.

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) publicó el reglamento que establece cómo funcionarán los traslados entre el sistema público de pensiones y las AFP. Esta norma se alumbra con la implementación de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (Ley N.° 32123), aprobada en 2024. 

El reglamento permite que un afiliado de la ONP pueda trasladarse al sistema privado de pensiones (y en sentido contrario). El proceso será voluntario y se realizará mediante una plataforma única.

¿Qué pasa si una persona de la ONP quiere pasar a una AFP?

El reglamento relata que el afiliado de la ONP que decida trasladarse a una AFP podrá solicitar un Bono de Reconocimiento por los aportes que realizó previamente en el sistema público, siempre que cumpla los requisitos establecidos en las normas que regulan este beneficio.

Es decir, si una persona aportó durante años a la ONP y posteriormente decide pasar a una AFP, esos aportes pueden ser reconocidos mediante este mecanismo.

A la fecha, existen tres tipos de Bono de Reconocimiento (1992, 1996 y 2001), dirigidos a trabajadores que realizaron aportes a la ONP durante determinados periodos y que cumplen requisitos específicos, como haber cotizado al menos 48 meses (cuatro años).

El Bono de Reconocimiento no implica que el afiliado recibe ese dinero en efectivo al momento de cambiarse. Se trata de un valor que reconoce aportes efectuados previamente en el sistema público y que, cuando corresponde, termina incorporándose a la cuenta individual del afiliado en el sistema privado.

El bono se entrega cuando el afiliado se jubila, fallece, accede a una jubilación anticipada o queda con una invalidez total permanente.

El reglamento establece que las unidades de aporte acumuladas se contabilizan considerando los aportes efectivamente pagados. Los aportes que todavía se encuentren en proceso de cobranza no son incluidos inicialmente.

"Según lo establecido, a partir del 1 de junio de 2027, se iniciará el proceso de asesoría, recepción y atención de solicitudes de traslados para todos los afiliados", informó la ONP. 

En el caso de una persona que pase de la ONP a una AFP, la ONP revisará sus aportes y determinará las unidades de aporte que reconoce. El procedimiento se realizará a través de la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente, conocida como PAST.

Esta plataforma digital permitirá a los trabajadores elegir, afiliarse y trasladarse entre el sistema público de pensiones, administrado por la ONP, el sistema privado integrado por las AFP y demás jugadores como aseguradoras y entidades financieras.

Los afiliados también podrán pasar de AFP a ONP

El reglamento funciona en ambos sentidos. Una persona que actualmente aporta a una AFP también podrá solicitar su traslado al sistema público.

En este caso, la AFP deberá informar a la ONP sobre el historial de aportes, el saldo de la cuenta individual y las unidades de aporte que correspondan. La ONP verificará la información y determinará las unidades de aporte reconocidas para el sistema público.

Además, el reglamento establece que, cuando se concrete un traslado de AFP a ONP, la administradora deberá transferir al Fondo Consolidado de Reservas el 100% del saldo acumulado correspondiente a los aportes obligatorios. Los aportes voluntarios con fines previsionales tienen un tratamiento distinto y permanecen bajo administración de la AFP hasta la jubilación.

Los afiliados deberán permanecer dos años en un sistema para volver a trasladarse

El primer traslado podrá realizarse en cualquier momento, de manera libre y voluntaria. Pero si una persona quiere volver a trasladarse posteriormente, deberá haber permanecido al menos 24 meses en su régimen previsional actual.  

Los pensionistas de jubilación o invalidez, tanto de la ONP como del sistema privado, no podrán realizar estos traslados.

La ONP y las Empresas Administradoras de Fondos tienen plazo para adecuar sus procesos internos hasta el 31 de mayo de 2027.

Recién después de ese periodo comenzará la asesoría, recepción y atención de las solicitudes de traslado.

Por ello, el reglamento aprobado ahora deja listo el procedimiento, pero la posibilidad de solicitar efectivamente estos traslados se implementará en junio 2027.

¿Qué deberá saber el afiliado antes de cambiarse?

La norma establece que la decisión debe ser informada. La PAST tendrá información sobre las condiciones y beneficios de cada régimen, mientras que la ONP y las administradoras deberán brindar orientación.

El afiliado podrá conocer las diferencias entre ambos sistemas, los requisitos para trasladarse, las unidades de aporte que podrían ser reconocidas, la posibilidad de acceder al Bono de Reconocimiento y los efectos que tendrá el cambio de régimen.

La ONP detalló que de acuerdo con el reglamento, las claves del proceso son: Plataforma única: El trámite se realizará a través de la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), herramienta digital única que centraliza la afiliación y traslado entre regímenes.

Disponibilidad: El primer traspaso se podrá solicitar en cualquier momento a partir del 1 de junio de 2027. Para posteriores traslados el afiliado deberá permanecer por un período mínimo de 24 meses en el régimen en el que se encuentra.

Restricciones: Los pensionistas de jubilación e invalidez de ambos regímenes no pueden trasladarse, debido a que ya se encuentran percibiendo una pensión.

Tags onp pensiones afp bono de reconocimiento Únete a nuestro canal en WhatsApp Siguenos en Google News

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