Alan Azizollahoff, empresario vinculado al trágico incendio del Caso Utopía, ya no enfrenta ordenes de captura nacionales ni internacionales. El Tribunal Constitucional (TC) declaró prescrita su condena de cuatro años de prisión efectiva y restituyó su libertad de tránsito, decisión que anula resoluciones anteriores que rechazaban el pedido de prescripción.
La resolución, identificada como Sentencia 170/2026 del expediente N.° 01771-2025-PHC/TC, surgió tras una demanda de hábeas corpus. El máximo intérprete de la Constitución diferenció entre prescripción de la pena y prescripción de la acción penal. Consideró que desde la sentencia firme del 11 de mayo de 2014 por homicidio culposo por omisión impropia, había transcurrido el plazo legal correspondiente para que la sanción prescribiera.
Para contextualizar, el TC revisó la noche del 20 de julio de 2002 cuando la discoteca Utopía, ubicada en Jockey Plaza, acogió una fiesta llamada "Zoo". Este evento incluía un espectáculo con fuego y exhibición de animales.
En aquella ocasión, donde se desarrollaba el show con animales y fuego, murieron 29 jóvenes. La decisión actual no solo borra las órdenes de captura, sino que cierra un capítulo legal iniciado hace más de dos décadas tras la tragedia que marcó al país.
Ambos empresarios fueron condenados a cuatro años de prisión efectiva y al pago de una reparación civil de S/70 000 por cada uno de los 29 agraviados. Sin embargo, el camino de Paz Ravines y Azizollahoff tras la sentencia fue radicalmente distinto.
Paz Ravines fue detenido en México en noviembre de 2018 y posteriormente extraditado al Perú en septiembre de 2020 para cumplir su condena. Azizollahoff, en cambio, permaneció fuera del país y nunca llegó a ingresar a una cárcel peruana.
El Poder Judicial sostuvo en 2014 que Alan Azizollahoff y Édgar Paz Ravines habían permitido el funcionamiento de Utopía más allá del riesgo permitido. De acuerdo con la sentencia judicial, los jóvenes fallecieron por asfixia provocada por la inhalación de gases tóxicos durante un incendio.
Durante la presentación se inició un incendio que rápidamente convirtió el local en una trampa mortal. La investigación estableció que el establecimiento no contaba con las condiciones mínimas de seguridad para enfrentar una emergencia.
Entre las deficiencias se mencionaron la falta de extintores, salidas de emergencia adecuadas y licencia municipal relacionada con el incumplimiento de las exigencias de seguridad. El proceso judicial determinó además que quienes tenían responsabilidades en la administración y propiedad del local debían adoptar medidas para evitar riesgos previsibles.
"Solo fui un inversor de Utopía", declaró Alan Azizollahoff. Ahora, tras su salida del país, la pena corre peligro de quedar sin efecto. La Corte Suprema determinó que la condena contra el empresario iraní está prescrita y ya no tiene orden de captura vigente.
"En consecuencia, dado que la pena máxima prevista para el citado delito es de 6 años de pena privativa de la libertad, el plazo de prescripción de la pena es de 6 años", señala la sentencia del TC. El tribunal aplicó esta norma considerando que el periodo debía contarse desde el 11 de mayo de 2015, fecha en que quedó firme la condena contra Azizollahoff. Así, la Corte concluyó que "dicho plazo ya ha transcurrido" al momento de interponer la demanda por prescripción.
Pero su defensa inició en 2022 los trámites para lograr este fin. Tras no obtener una respuesta favorable en el Poder Judicial, llevó el pedido ante la justicia constitucional. Esta acción vino tras un intento previo: el Estado peruano había aprobado en 2020 una solicitud de extradición desde Sudáfrica con el objetivo de que regresara al país para cumplir la condena.

Con esa decisión, el TC ordenó que se restituya la libertad de tránsito de Azizollahoff y que queden sin efecto todas las órdenes de captura emitidas contra él, tanto en el Perú como en el extranjero. La resolución no significa que el empresario haya sido absuelto por los hechos ocurridos en Utopía, una discoteca llena de lujos donde la tragedia se cobró muchas vidas.
El TC se pronunció estrictamente sobre la posibilidad de ejecutar una pena que, según su interpretación de las reglas de prescripción, ya había vencido. Es decir, no juzgó los hechos del 2002 directamente, sino que determinó que el tiempo para castigar había caducado legalmente.
Veinticuatro años después del incendio que cobró la vida de 29 jóvenes, la historia judicial del caso Utopía vuelve a ocupar los titulares nacionales. Sin embargo, esta vez no es por una nueva sentencia sobre aquella noche trágica, sino por una decisión inédita del Tribunal Constitucional que modifica el destino de una condena pendiente.
Ahora, la pena impuesta al empresario Alan Azizollahoff ya no podrá ejecutarse, pues ha sido declarada prescrita. Esta resolución pone fin a su orden de captura en este contexto específico.
No obstante, el cierre del capítulo penal para Azizollahoff no significa libertad total. Según la información disponible, el magnate aún enfrenta en nuestro país un proceso judicial activo por el delito de defraudación tributaria.
Mientras tanto, los otros involucrados principales ya han completado sus sentencias o salieron del territorio: Percy North cumplió siete años de prisión y Roberto Ferreyros ejecutó la pena que recibió. Por su parte, Édgar Paz Ravines fue extraditado a Perú para cumplir con los cuatro años que le correspondían por su participación en la tragedia.
Así se cierra un ciclo judicial de dos décadas tras el desastre en Utopía.
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