El abogado especialista en temas de prensa y libertad de expresión Roberto Pereira, quien dialogó con Canal N, cuestionó la iniciativa legislativa presentada por el diputado de Renovación Popular Aldo Bravo. El proyecto busca sancionar con penas de entre cuatro y seis años de prisión la presunta apología del delito agravada durante contextos de crisis política y conflictos sociales. Sin embargo, Pereira consideró que la propuesta es innecesaria y técnicamente deficiente, argumentando que las conductas punibles ya están contempladas en el Código Penal mediante las figuras de instigación a la comisión de delitos y apología.
La preocupación del jurista radica en que la norma incorpora términos ambiguos como “líder de opinión”, “dirigente social”, “capacidad de convocatoria pública” o “plataforma digital”, sin establecer definiciones precisas. Según explicó, esta falta de claridad podría generar interpretaciones arbitrarias y poner en riesgo a periodistas, comunicadores y ciudadanos ordinarios. Pereira recordó que la instigación ya está regulada en el artículo 24 del Código Penal y consiste en influir o determinar a otra persona para que cometa un delito. Asimismo, señaló que la figura de la apología también se encuentra contemplada en la legislación vigente, lo cual hace redundante la creación de una nueva tipificación penal con vaguedades conceptuales que podrían vulnerar garantías constitucionales fundamentales sin aportar seguridad jurídica al sistema.
Criterios establecidos por el Tribunal Constitucional respecto a la apología
Pereira sostuvo que el proyecto no solo ignora los criterios del Tribunal Constitucional, sino que abre una puerta peligrosa para denuncias y procesos penales contra periodistas. Según el especialista, expresiones polémicas protegidas por la libertad de expresión podrían convertirse en herramientas legales para cerrar medios o sancionar a comunicadores.
Para fundamentar su postura, Pereira recordó el antecedente del caso de Radio La Voz de Bagua. Durante el conflicto social de 2009, la emisora vio cancelada su licencia tras ser acusada de contenidos que exacerbaban la violencia. Sin embargo, más tarde se determinó que se trataba de una cobertura periodística legítima y el Gobierno debió restituirle la autorización.
El abogado advirtió que bajo esta iniciativa, la transmisión en vivo de protestas podría ser interpretada arbitrariamente como un acto de "alentar" o "justificar" la violencia. Señaló que si una manifestación deriva eventualmente en actos violentos, cualquier cobertura podría ser usada para cuestionar el periodismo.
No obstante, Pereira reconoció que existen límites legales frente a conductas reales. Diferenció claramente los llamados manifiestos a cometer actos criminales contra personas o grupos de la simple cobertura informativa. Indicó que la conducta de apología debe estar claramente delimitada y referirse a una exaltación manifiesta de delitos ya cometidos y de sus autores sancionados.
Pereira enfatizó que, debido a su relación con la libertad de expresión, esta conducta debe ser precisa. De lo contrario, el texto legal se convierte en un mecanismo innecesario y técnicamente deficiente para perseguir al periodismo.
Finalmente, calificó el proyecto como una iniciativa peligrosa para el ejercicio periodístico. Sostuvo que podría generar un efecto de autocensura entre medios y comunicadores. Advirtió que la utilización de conceptos vagos permitiría promover denuncias contra quienes mantengan posiciones editoriales o informen sobre conflictos sociales de una manera que resulte incómoda para determinados sectores políticos.

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