Pedro Castillo se encuentra detenido desde el 7 de diciembre de 2022, tras su fallido golpe de Estado.

La jueza constitucional de Lima, Ana Osorio, declaró “improcedente” el habeas corpus presentado por la defensa del expresidente Pedro Castillo, que buscaba su libertad inmediata por considerar arbitraria su detención. La resolución, emitida el último 14 de agosto y a la que tuvo acceso RPP, desestimó el recurso interpuesto por el abogado y exministro de Defensa, Walter Ayala.

En su fallo, la magistrada señaló que la opinión del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la ONU “no constituye una decisión de carácter jurisdiccional que resulte vinculante al Estado peruano y que por ende incida de manera directa en los procesos o decisiones jurisdiccionales emitidas a nivel interno”. Dicho informe, elaborado por el organismo internacional, concluyó que la detención del exmandatario, ocurrida tras su fallido golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022, fue arbitraria, careció de base legal y recomendó su liberación.

Para sustentar su decisión, Osorio tomó en cuenta un pronunciamiento del Tribunal Constitucional que precisa que el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria es uno de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas con origen extraconvencional, pues fue creado mediante la Resolución 1991/42 de la antigua Comisión de Derechos Humanos, del 5 de marzo de 1991. En ese sentido, el Estado peruano no se ha sometido expresamente a dicho organismo, por lo que sus recomendaciones no tienen carácter obligatorio.

Con esta nueva decisión del Poder Judicial, se rechaza el último intento legal de la defensa de Castillo para lograr la excarcelación del expresidente, quien permanece detenido desde diciembre de 2022.

La demanda de habeas corpus presentada a favor de Pedro Castillo busca la anulación de tres medidas: las resoluciones legislativas que aprobaron su vacancia por permanente incapacidad moral y el levantamiento de su antejuicio político; la condena de 11 años, 5 meses y 15 días impuesta el 4 de diciembre del 2025; y el mandato de prisión preventiva dictado en su contra. La Sala Penal Especial de la Corte Suprema lo halló responsable del delito de conspiración para rebelión por su fallido golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022, mientras que la prisión preventiva se enmarca en la investigación preparatoria que afronta por presuntos delitos de organización criminal y otros en agravio del Estado peruano, derivados de los casos acumulados PetroPerú, Puente Tarata y Ministerio de Vivienda. Es decir, el recurso impugna tanto la destitución presidencial como las medidas judiciales adoptadas en su contra. Con ello, la defensa busca dejar sin efecto la inhabilitación política y las consecuencias penales que recaen sobre el expresidente. Martín Vizcarra retornó al penal de Barbadillo tras ser trasladado a un centro de salud por problemas renales

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