La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional del Poder Judicial archivó de manera definitiva el proceso penal contra Nadine Heredia y otros investigados por el presunto financiamiento ilegal de las campañas presidenciales de Ollanta Humala en 2006 y 2011, con aportes provenientes de Venezuela y de las empresas brasileñas Odebrecht y OAS.
La decisión, adoptada mediante una resolución emitida el último 7 de agosto a la que tuvo acceso RPP, también alcanza a Ilán Heredia, Antonia Alarcón y Rocío Calderón, hermano, madre y amiga de Nadine Heredia, respectivamente. Asimismo, se benefician de esta medida el excongresista Santiago Gastañadui, Mario Torres, Eladio Mego, Maribel Vela y las personas jurídicas Partido Nacionalista Peruano y Todo Graph S.A.C.
El colegiado tomó esta determinación al hacer extensivos los efectos de la sentencia del Tribunal Constitucional, que declaró fundada una demanda de hábeas corpus presentada a favor del expresidente Humala y ordenó la nulidad de todo el proceso penal seguido en su contra por el presunto delito de lavado de activos en agravio del Estado.
“DISPONER el ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso penal en los extremos comprendidos por esta decisión, con efectos de clausura constitucional del objeto penal, sin perjuicio de los actos meramente administrativos, registrales o de comunicación que deban ejecutarse para materializar lo resuelto”, señala la resolución de la Sala Superior.
Con este fallo, la sala dejó sin efecto las audiencias que había programado para evaluar las apelaciones presentadas por las personas naturales y jurídicas contra las condenas y sanciones impuestas por el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional, al considerar que estas carecían de objeto jurídico revisable. Además, se dispuso levantar las órdenes de captura, requisitorias, restricciones personales, medidas coercitivas y medidas reales que se deriven exclusivamente de este proceso penal y de los extremos comprendidos en la decisión, siempre que no exista un mandato vigente dictado en otro proceso o por una autoridad competente distinta.
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