Marco Carvalho, abogado de la exprimera dama Nadine Heredia en Brasil, señaló este jueves que recomendó a su clienta no regresar todavía al Perú hasta contar con garantías de que no afrontará ninguna investigación en su contra.
“El cierre de un caso no garantiza que el peligro de persecución haya cesado o que existan las garantías del Estado peruano para su retorno. La sugerencia a la señora Nadine es que no retorne hasta que se den las garantías absolutas de que no volverá a ser perseguida en el Perú”, declaró a RPP tras conocer la decisión del Poder Judicial de archivar el proceso por los aportes provenientes de Venezuela y de las empresas brasileñas Odebrecht y OAS para financiar las campañas presidenciales de Ollanta Humala en 2006 y 2011.
Carvalho recordó que el asilo concedido a Nadine Heredia constituye una medida de protección otorgada por el Gobierno de Brasil, al considerar que la exprimera dama era víctima de persecución política y acoso judicial por parte del sistema de justicia peruano.
Nadine Heredia permanece desde el 16 de abril de 2025 en Brasilia, donde se encuentra junto a su hijo menor tras recibir protección del Gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva.
PJ archivó proceso contra Nadine Heredia y otros por aportes a campaña de Ollanta Humala en 2006 y 2011
El Poder Judicial archivó el proceso penal contra Nadine Heredia por el caso de los aportes provenientes de Venezuela y de las empresas brasileñas Odebrecht y OAS, destinados al financiamiento de las campañas presidenciales de su esposo, Ollanta Humala, en 2006 y 2011.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional también dispuso el archivo del proceso contra Ilán Heredia, Antonia Alarcón y Rocío Calderón, hermano, madre y amiga de Nadine Heredia, respectivamente. La medida alcanzó además al excongresista Santiago Gastañadui, Mario Torres, Eladio Mego, Maribel Vela y a las personas jurídicas Partido Nacionalista Peruano y Todo Graph S.A.C., todos investigados en este caso.
A través de una resolución emitida el último 7 de agosto, a la que tuvo acceso RPP, la Sala Superior adoptó esta decisión tras hacer extensivos los efectos de la sentencia del Tribunal Constitucional, que declaró fundada una demanda de hábeas corpus presentada a favor del expresidente Ollanta Humala y dispuso la nulidad de todo el proceso penal seguido en su contra por el presunto delito de lavado de activos en agravio del Estado.
“DISPONER el ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso penal en los extremos comprendidos por esta decisión, con efectos de clausura constitucional del objeto penal, sin perjuicio de los actos meramente administrativos, registrales o de comunicación que deban ejecutarse para materializar lo resuelto”, indica la sala en su resolución.
La Sala Superior dejó sin efecto las audiencias que había programado para evaluar las apelaciones presentadas por las personas naturales y jurídicas contra las condenas y sanciones impuestas por el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional, al considerar que estas carecían de objeto jurídico revisable.
Asimismo, el colegiado dispuso levantar las órdenes de captura, requisitorias, restricciones personales, medidas coercitivas y medidas reales que se deriven exclusivamente de este proceso penal y de los extremos comprendidos en la decisión, siempre que no exista un mandato vigente dictado en otro proceso o por una autoridad competente distinta.
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