Indecopi exige a casas de apuestas e influencers advertir sobre riesgos de ludopatía en publicidad <<>

Ante el auge de las apuestas deportivas por el Mundial 2026, el Indecopi recuerda que las plataformas de apuestas por internet, aplicativos móviles y los influencers que las promocionan deben incluir en sus contenidos publicitarios una advertencia visible sobre los riesgos de la ludopatía. La entidad precisa que estos anuncios deben identificarse claramente como publicidad contratada, usando etiquetas como #Publicidad.

La Ley de Represión de la Competencia Desleal (Decreto Legislativo 1044) establece que todo contenido publicitario debe diferenciarse de manera clara y destacada del material recreativo, noticias u opiniones periodísticas. Además, la Ley 31557 y su reglamento, que regulan los juegos a distancia y apuestas deportivas por internet, disponen que anunciantes e influencers incluyan de forma visible la advertencia: “Los juegos y apuestas deportivas a distancia realizados en exceso pueden causar ludopatía”, con caracteres legibles y de fácil visualización, respetando las restricciones aplicables.

Apuestas deportivas.

Investigaciones

En el marco de su supervisión permanente, la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi ha iniciado, entre marzo y junio de 2026, 13 investigaciones preliminares por publicidad de plataformas de apuestas y juegos a distancia difundida por influencers en entornos digitales. Estas acciones responden al monitoreo continuo de la entidad y a información recibida sobre este tipo de contenido.

Como parte de estas indagaciones, el Indecopi viene verificando si las plataformas promocionadas cuentan con autorización para operar en el Perú —otorgada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo— y si cumplen las disposiciones aplicables a su publicidad. De detectarse infracciones por parte de las casas de apuestas o de los influencers, la entidad está facultada para iniciar procedimientos sancionadores que podrían culminar con multas de hasta 700 UIT (S/ 3′850,000).

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