La excantante folclórica Abencia Meza continuará cumpliendo su condena en el Penal Anexo Mujeres de Chorrillos, luego de que el Tribunal Constitucional (TC) declarara improcedente su demanda para acceder al beneficio de semilibertad. Meza cumple una sentencia de 30 años por el homicidio calificado de la cantante Alicia Delgado, caso por el que fue considerada autora intelectual.

La fecha clave para resolver su pedido fue el 15 de enero de 2020, cuando la Corte Suprema rechazó por segunda vez el recurso de nulidad contra la sentencia. Según los magistrados del TC, en ese momento la condena quedó firme. Los abogados de la artista, en cambio, sostuvieron que debía tomarse como referencia la sentencia de la Corte Suprema de 2012 y no la resolución emitida en 2020, y cuestionaron la interpretación del Poder Judicial en doble instancia.

La diferencia entre ambas fechas es sustancial: de aplicarse las normas de 2012, Meza podía acceder a la semilibertad; pero bajo las disposiciones vigentes en 2020, debía permanecer en prisión. Esto responde a que, en 2019, el Congreso modificó el Código de Ejecución Penal y estableció restricciones para que las personas condenadas por delitos graves, como el homicidio calificado, no puedan acceder a beneficios como la semilibertad o la libertad condicional.

El fallo del Tribunal Constitucional, que acogió parcialmente el pedido de Abencia Meza, no modifica su situación penitenciaria. La resolución anuló la decisión de la Cuarta Sala Penal Liquidadora de Lima que confirmó la negativa a otorgarle la semilibertad, pero el beneficio sigue siendo improcedente. Los magistrados cuestionaron que los jueces superiores hayan aplicado un criterio jurisprudencial previo al analizar la solicitud, lo que afectó el derecho a una adecuada motivación judicial.

La sentencia del TC señala que el artículo 50 del Código de Ejecución Penal, modificado por la Ley 30963 (publicada el 18 de junio de 2019), dispone expresamente la improcedencia de la semilibertad para los condenados por homicidio calificado, delito por el que fue sentenciada Meza. Tras el fallo, la Sala Penal Liquidadora deberá revisar nuevamente el caso considerando como fecha clave el año 2020, cuando la sentencia adquirió firmeza. Este criterio mantiene la negativa para que la excantante acceda a beneficios como la semilibertad o la libertad condicional.

La reducción de su pena dependerá de beneficios penitenciarios asociados al trabajo o la educación. Si no los obtiene, la intérprete continuará recluida hasta que finalice su condena en 2041.

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