El 7 de junio de 2021, el agente de la Policía Nacional del Perú (PNP) Sebastián Paredes intervino al conductor Pedro Yamunaque y le pidió S/100 como condición para no continuar con el trámite destinado a retener su licencia de conducir, documento que presentaba indicios de falsedad. Por ese hecho, la Segunda Fiscalía Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios (Quinto Despacho), a cargo del fiscal adjunto provincial Joel Fernando García Peñafiel, logró que el efectivo que prestaba servicios en la comisaría de San Luis sea condenado a seis años de prisión efectiva por el delito de cohecho activo en el ámbito de la función policial.
La sentencia también alcanzó a Yamunaque, quien recibió cuatro años de prisión suspendida por el delito de cohecho pasivo propio. Según la investigación, ambos participaron en la entrega del dinero para evitar que continuara el procedimiento de retención del documento de conducir.
La condena fue dictada luego de que la Fiscalía demostrara, con mensajes de WhatsApp, un depósito bancario y otras pruebas, que el agente de la PNP exigió dinero al conductor durante la intervención realizada en San Luis. Las diligencias establecieron que el hecho se inició cuando Paredes intervino a Yamunaque y le solicitó el pago como condición para no proseguir con el trámite relacionado con la retención de su licencia.
El fallo se conoce en medio de otros casos de corrupción en el país, como la multa de más de S/20.000 impuesta por Indecopi a un conocido banco peruano por cobranzas abusivas, o la condena a las Baronesas de la trata a penas de 18 y 21 años de prisión.
La Segunda Fiscalía Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios reafirmó su labor de investigar y sancionar actos de corrupción en el ejercicio de la función pública tras la sentencia que condenó a Sebastián Paredes y Pedro Yamunaque. Además de las penas privativas de libertad, la resolución judicial fijó el pago de una reparación civil: S/6.000 para el primero y S/5.000 para el segundo por los daños ocasionados.
Durante el juicio, el Ministerio Público presentó elementos probatorios que acreditaron la responsabilidad de los sentenciados: registros de conversaciones por WhatsApp, el comprobante del depósito bancario por la entrega del dinero, documentación vinculada al caso y una pericia acústica forense. La Fiscalía demostró que existió un acuerdo entre ambas partes para obtener un tratamiento irregular frente al procedimiento policial, pese a que el documento del conductor presentaba características que hacían presumir su falsedad. El dinero fue entregado dos días después de la intervención.
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