El Tribunal Constitucional anuló todo el proceso penal seguido contra el expresidente Ollanta Humala por el presunto delito de lavado de activos agravado, al declarar fundado el hábeas corpus presentado a su favor. La sentencia 169/2026, emitida el 30 de julio de 2026, dispuso además el archivo definitivo del Expediente 00249-2015.
El fallo dejó sin efecto la condena de 15 años de prisión impuesta el 29 de abril de 2025, así como la Resolución 37 del 20 de diciembre de 2019, la Resolución 38 del 6 de noviembre de 2020 y la sentencia de casación del 20 de diciembre de 2022.
Según el Tribunal, los hechos atribuidos a Humala por los presuntos aportes recibidos durante las campañas electorales de 2006 y 2011 no constituían el delito de lavado de activos en la modalidad de receptación patrimonial cuando ocurrieron. Esa figura penal fue incorporada recién en noviembre de 2016 mediante el Decreto Legislativo 1249, por lo que su aplicación vulneró el principio de legalidad.
Con esta decisión, el Tribunal Constitucional ordenó la inmediata libertad del expresidente Humala, quien se encontraba cumpliendo la condena anulada.
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— Canal N (@canalN_) July 31, 2026
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