El gobierno aprobó el reglamento de la Ley 31694, que establece un proceso de empadronamiento y amnistía para la tenencia de armas de fuego de uso civil. La medida, publicada en el diario oficial El Peruano, está dirigida tanto a personas naturales como jurídicas.

Según el reglamento, podrán acogerse a este beneficio quienes posean armas no registradas, carezcan de tarjeta de propiedad, o tengan licencias de uso y porte vencidas. La persona que participe en el empadronamiento y entregue las armas en los almacenes de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) no incurrirá en responsabilidad administrativa ni penal.

Las armas comprendidas en la Ley N° 31694 y su reglamento son tres tipos. Primero, las armas de fuego de uso civil cuyas licencias de posesión y uso, otorgadas bajo la Ley Nº 25054, estén vencidas. Segundo, aquellas adquiridas por miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú para uso particular que no estén registradas en la Sucamec o no cuenten con tarjeta de propiedad. Tercero, todas las armas de fuego no registradas en la Sucamec, Fuerzas Armadas o Policía Nacional, siempre que puedan identificarse por su número de serie legible en los componentes y no hayan sido modificadas o alteradas en sus características originales. Se exceptúa el regrabado del número de serie, solo si fue realizado en las instituciones mencionadas.

La Sucamec será la encargada de recibir las armas. La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) evaluará las solicitudes y documentación presentada para estimar o desestimar la emisión de las tarjetas de propiedad. La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) será la entidad encargada de recibir las armas de fuego de uso civil. Evaluará las solicitudes y documentación presentada para decidir si estima o desestima la emisión de las tarjetas de propiedad. Si la solicitud es rechazada, el administrado podrá transferir el arma a otra persona que cuente con licencia de uso o autorización para adquirir armas de fuego. Para iniciar el proceso, la persona natural o jurídica debe afiliarse a la Plataforma de Sucamec en Línea (SEL) y generar una cita para el internamiento del arma y/o munición. Esta verificación tiene como finalidad determinar el estado del arma y/o munición antes del internamiento temporal. Además, el solicitante debe acudir a las sedes de la Sucamec en la fecha y horario indicados en la cita. El empadronamiento y la amnistía buscan regularizar la tenencia de armas de uso civil, facilitando que los ciudadanos cumplan con los requisitos legales. La Sucamec será la encargada de gestionar todo el proceso, desde la recepción hasta la evaluación de cada caso.

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