La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha puesto en marcha un nuevo paquete de obligaciones para reforzar el control sobre los insumos químicos que, aunque tienen usos legítimos en la actividad minera formal, pueden ser desviados hacia la minería ilegal. La medida, que desarrolla las disposiciones de la Ley N.° 32412, establece cómo deberán registrar sus operaciones las empresas y usuarios autorizados para comercializar, transportar, almacenar o utilizar sustancias como mercurio, cianuro e hidrocarburos.
Uno de los principales cambios es que los usuarios estarán obligados a comunicar a la Sunat, en un plazo máximo de un día calendario desde que tomen conocimiento del hecho, cualquier pérdida, derrame, excedente, desmedro o robo de estos insumos. La comunicación tendrá carácter de declaración jurada y deberá realizarse mediante la plataforma virtual de la entidad. La norma crea además un registro diario de operaciones y amplía las facultades de fiscalización de la Sunat, con el objetivo de impedir que estas sustancias sean utilizadas en la extracción ilegal de oro.
El mercurio, por ejemplo, se emplea para separar el oro del material extraído, mientras que el cianuro se utiliza en procesos industriales para recuperar el mineral. La Resolución de Superintendencia N.° 000135-2026 busca reducir el riesgo de que estas sustancias, pese a tener usos legítimos en diversas actividades económicas, terminen en manos de la minería ilegal.
La norma crea el Registro Diario de Operaciones, un mecanismo con el que Sunat busca rastrear los insumos químicos desde que ingresan al mercado hasta su destino final. La obligación abarca a toda la cadena: quienes compren, importen, vendan, exporten, produzcan, consuman, almacenen o transporten estos productos deberán reportar sus movimientos. El registro incluirá ingresos, salidas, producción, uso, transporte y almacenamiento, lo que permitirá a la administración tributaria conocer el recorrido de cada lote y detectar posibles desvíos hacia actividades ilícitas.
Con la entrada en vigencia de la norma, los usuarios tendrán que anotar diariamente las operaciones en cada uno de sus establecimientos. Luego, esa información se presentará de forma consolidada cada mes a través de SUNAT Operaciones en Línea. Incluso si un usuario no realiza operaciones durante un mes, deberá comunicar esa situación a la entidad.
Para facilitar la implementación, Sunat estableció un período de adecuación hasta el 31 de agosto. Durante ese tiempo realizará campañas de difusión y capacitación para que las empresas adapten sus procesos antes de que las nuevas obligaciones entren en vigor el 1 de septiembre.
La Sunat refuerza sus acciones de supervisión en Madre de Dios, una de las regiones con mayor actividad minera ilegal del país. En coordinación con el Osinergmin, verifica que las cisternas que ingresan principalmente al distrito de Tambopata descarguen combustibles únicamente en establecimientos autorizados, para evitar su desvío hacia actividades ilegales. La norma también fortalece las facultades de fiscalización de la administración tributaria. La entidad podrá realizar inspecciones en campo, inmovilizar e incautar insumos químicos, internar vehículos, aplicar sanciones administrativas, suspender o dar de baja a usuarios del registro e implementar medidas especiales de control, como sistemas de videovigilancia.
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