El Gobierno peruano, mediante la Ley N.° 32732 publicada en el diario oficial El Peruano, oficializó el pago de un bono extraordinario de S/300 para el personal que presta Servicio Militar Acuartelado en el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú. Este beneficio se entregará por única vez durante julio de 2026.

La norma precisa que el bono no tiene carácter remunerativo ni pensionable, por lo que no se incorporará al sueldo, no servirá como base para beneficios sociales y tampoco estará sujeto a cargas sociales. Este pago se suma al aumento de la asignación mensual, vigente desde junio, que permite a los soldados recibir hasta S/1.203 según su grado en las Fuerzas Armadas.

El beneficio está dirigido al personal que actualmente presta Servicio Militar Acuartelado en las tres instituciones castrenses. Para acceder al bono, los beneficiarios deberán encontrarse registrados, a la fecha de entrada en vigencia de la ley, en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), administrado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Gobierno oficializa pago de bono de S/300 para personal en Servicio Militar Acuartelado Para financiar el bono extraordinario de S/300, la Ley N.° 32732 autoriza al Ministerio de Defensa el uso de hasta S/13 millones, con la condición de que estos recursos no se destinen a otros fines. Además, la cartera fue exceptuada de las restricciones del artículo 6 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, lo que permite ejecutar el pago. Este bono se suma al incremento de la asignación económica mensual para el personal del Servicio Militar Acuartelado, vigente desde junio del 2026 mediante el Decreto Supremo N.° 132-2026-EF. Con ese reajuste, un soldado, grumete o avionero de la tropa regular recibe S/384 mensuales, mientras que quienes alcanzan el quinto reenganche pueden percibir hasta S/1.203, según el grado equivalente en cada institución armada.

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