El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó una nueva norma que transforma el proceso de cancelación de servicios de telefonía, internet y televisión por cable. La medida elimina prácticas que complicaban la baja, como la exigencia de llamadas telefónicas o visitas a oficinas, y establece plazos máximos de atención para las empresas operadoras.

Con las disposiciones de la Norma de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, los usuarios podrán solicitar la cancelación de contratos de duración indeterminada sin necesidad de justificar su decisión. Las empresas deberán concretar la baja en un plazo máximo de un día hábil o en la fecha que elija el abonado, siempre que no supere un mes calendario desde la solicitud.

La solicitud de baja podrá presentarse a través de cualquiera de los canales de atención habilitados por la operadora. Para las compañías con más de 500 mil abonados, será obligatorio ofrecer herramientas de autogestión mediante aplicaciones móviles y páginas web, disponibles las 24 horas del día. Esto elimina la necesidad de que los usuarios realicen llamadas o acudan presencialmente para cancelar su servicio.

Cancelar servicios de telefonía, internet o televisión es ahora más sencillo para los usuarios gracias a la nueva norma de Osiptel. Se eliminan prácticas que complicaban el proceso.

La norma busca simplificar los procesos de baja y reducir los tiempos de atención, beneficiando a los usuarios que deseen dar de baja servicios como telefonía fija, móvil, internet o televisión por cable. Las nuevas reglas entran en vigor tras la aprobación de Osiptel, que supervisa el cumplimiento de las condiciones de uso en el sector de telecomunicaciones.

En cuanto al reembolso por pagos adelantados, la empresa deberá devolver automáticamente el dinero correspondiente al período no utilizado si el usuario solicita la baja antes de que concluya su ciclo de facturación, sin necesidad de que el abonado presente una solicitud adicional. Este reembolso deberá efectuarse en un plazo máximo de dos meses desde que la baja se haga efectiva, utilizando el medio elegido por el usuario al contratar el servicio o, de no existir uno registrado, poniendo el monto a su disposición en los centros de atención de la operadora.

Además, si el usuario inicia el trámite por un canal digital, la empresa ya no podrá derivarlo a una llamada telefónica o exigirle acudir a una oficina para completar el proceso. Toda la gestión deberá concluir en el mismo medio utilizado para presentar la solicitud y, al finalizar, la operadora tendrá que entregar de inmediato un código de confirmación. Para resolver dudas sobre la aplicación de estas nuevas reglas, Osiptel mantiene disponible su servicio FonoAyuda 1844 y el formulario digital Osiptel Te Ayuda.

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