Con la publicación de la Ley N° 32722 en el diario El Peruano, el Gobierno extendió hasta el 31 de diciembre de 2029 los beneficios tributarios destinados a los peruanos que retornen de manera definitiva al país. La medida busca facilitar su reinserción económica y social, y amplía la vigencia de los incentivos previstos en la Ley N° 30001, conocida como Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado.
Originalmente, estos beneficios vencían el 13 de julio de 2026, pero ahora continuarán vigentes desde el 14 de julio de este año por tres años y medio adicionales. La norma permite que los migrantes retornados accedan, por única vez, a la exoneración del pago de tributos para el ingreso al país de ciertos bienes adquiridos en el extranjero, reduciendo así los costos de su retorno.
Entre los bienes exonerados se incluye el menaje de casa por un valor de hasta 50.000 dólares y un vehículo automotor de hasta el mismo monto, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la normativa. Además, podrán ingresar libres de tributos instrumentos, maquinarias, equipos, bienes de capital, dispositivos médicos y otros implementos destinados a actividades profesionales, técnicas o empresariales, hasta por un valor máximo de 350.000 dólares.
Estos beneficios están dirigidos a los peruanos residentes en el exterior que decidan retornar de forma permanente al país y que cumplan con los requisitos y procedimientos establecidos en la Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado y su reglamento. Con esta ampliación, el régimen especial permanecerá vigente hasta finales de 2029, con la finalidad de incentivar el retorno de los connacionales y facilitar que retomen sus actividades laborales, profesionales o empresariales en el Perú.
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