El pago de la gratificación por Fiestas Patrias tiene como fecha límite el miércoles 15 de julio de 2026. Este beneficio, que se entrega dos veces al año (julio y diciembre), está dirigido a los trabajadores del sector privado que figuren en planilla, así como a los servidores públicos bajo el régimen laboral de la actividad privada.
El monto a recibir depende del tiempo laborado durante el semestre. Quienes hayan trabajado de enero a junio de forma completa percibirán el equivalente a una remuneración mensual. En cambio, quienes solo trabajaron una parte del período recibirán un sexto de la remuneración computable por cada mes calendario completo. Cabe precisar que los empleados de pequeñas empresas inscritas en el Remype acceden a la mitad del monto, mientras que los de microempresas, trabajadores independientes e informales no tienen derecho a este beneficio.
Además de la gratificación, los trabajadores reciben una bonificación extraordinaria. Esta equivale al 9% para los afiliados a EsSalud y al 6,75% para quienes cuentan con una EPS. Un punto importante es que este beneficio no está sujeto a descuentos por AFP ni al Impuesto a la Renta.
Si el empleador no cumple con el pago dentro del plazo legal, deberá asumir intereses. La Sunafil, además, puede imponer multas que alcanzan hasta los S/120.000, dependiendo del régimen de la empresa y la cantidad de trabajadores afectados.
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