El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) advirtió que los organizadores de conciertos y espectáculos públicos que no cumplan las condiciones ofrecidas a los consumidores se exponen a sanciones de hasta 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/2.475.000. La advertencia se difundió en el marco de la campaña "Fiestas patrias: tus derechos se respetan", ante el aumento de conciertos y eventos de entretenimiento en el país.
Durante los últimos cuatro años, la entidad impuso 394 sanciones contra 64 proveedores vinculados a conciertos, venta de entradas y organización de eventos. El incumplimiento de las condiciones ofrecidas puede generar multas de hasta 450 UIT (S/2.475.000), según recordó Indecopi.
Indecopi: conciertos deben respetar lo anunciado, ¿cuándo pueden cambiarlo?
El Indecopi recordó que los organizadores de conciertos y espectáculos deben cumplir con las condiciones ofrecidas a los consumidores. Esto incluye el horario de inicio, la duración del espectáculo y la presencia de los artistas promocionados. Solo en casos excepcionales o de fuerza mayor, debidamente acreditados, los proveedores pueden modificar lo anunciado, pero están obligados a informar de manera oportuna, clara y verificable cualquier incidente que afecte el evento y a tomar medidas inmediatas para atender a los afectados.
Sanciones a organizadores de conciertos crecieron 47,6 % durante 2025
Según el Indecopi, mediante resoluciones firmes a nivel nacional, en los últimos cuatro años se impusieron 394 sanciones contra 64 proveedores de conciertos, venta de entradas y organización de eventos. Estas incluyeron 81 amonestaciones y 313 multas que sumaron 1.658 UIT. La entidad destacó que en 2025 las sanciones aumentaron un 47,6 % respecto a 2024. La infracción más recurrente fue la falta de idoneidad, con multas por 1.544,8 UIT, debido principalmente al incumplimiento de lo ofrecido, como retrasos en el inicio, cambios en la duración o variaciones en los artistas anunciados.
En caso de cancelación de un concierto o espectáculo, el Indecopi recordó que los organizadores deben devolver el íntegro del dinero pagado por las entradas, según el Código de Protección y Defensa del Consumidor y la Ley N.° 32415. El procedimiento para la devolución debe ser informado oportunamente y ejecutado en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la solicitud del consumidor. Previamente, la institución también sancionó casos por falta de información, deficiencias en la atención de reclamos y dificultades para acceder al Libro de Reclamaciones. Como recomendación, el Indecopi sugirió adquirir entradas únicamente a proveedores formales, conservar los comprobantes de pago y, ante cualquier inconveniente, utilizar el Libro de Reclamaciones del proveedor o comunicarse con el Indecopi para recibir orientación o registrar un reclamo.
Comentarios 0
Súmate a la conversación
Tu comentario es anónimo, pero para evitar bots necesitamos que te registres. Es gratis y toma 30 segundos.
Crear cuenta para comentar Ya tengo cuenta