El líder de Renovación Popular, Rafael López Aliaga, presentó una solicitud formal ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que se deje sin efecto la credencial que lo acredita como senador de la República. La petición fue dirigida al presidente del organismo electoral, Roberto Burneo, y se sustenta en su decisión “expresa, voluntaria e irrevocable” de no jurar ni asumir el cargo para el periodo 2026-2031.

López Aliaga indicó que tomó conocimiento, a través de los medios de comunicación, del documento remitido por el presidente del Congreso al JNE, en el que se solicita resolver su situación. Su renuncia al escaño quedó formalizada al no presentar, hasta el 30 de junio, la documentación exigida por el Reglamento del Congreso, fecha límite para cumplir con ese trámite. Dicha documentación incluía el formulario de datos personales, la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, así como la declaración de no estar comprendido en las incompatibilidades del artículo 92 de la Constitución.

En el oficio, el exalcalde de Lima también pidió al Pleno del JNE que resuelva el caso “tomando como referencia las Resoluciones N.° 12-2015-JNE y N.° 26-A-2015-JNE”, relacionadas con “autoridades subnacionales que no juraron ni asumieron sus cargos”. Asimismo, insistió en que se anule su credencial y se convoque a Absalón Vásquez para que asuma el cargo como accesitario.

La Oficina Legal y Constitucional del Congreso concluyó que no existe un marco normativo que regule la situación de un senador electo que, antes de asumir funciones, comunica que no jurará ni ejercerá el cargo. Cabe recordar que el JNE, mediante la Resolución N.° 1412-2026-JNE, oficializó los resultados de las Elecciones Generales 2026 y proclamó a Rafael López Aliaga como senador por Renovación Popular.

La Oficina Legal y Constitucional del Congreso advirtió que el marco normativo actual no contempla la situación planteada por Rafael López Aliaga, quien comunicó al Jurado Nacional de Elecciones y al Parlamento que, por decisión propia y sin mediar impedimento legal, no presentará sus credenciales ante la Oficialía Mayor, no entregará su declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, ni juramentará al cargo. Según el informe, esto se debe a que el proceso electoral ya precluyó para asumir una curul como senador del Congreso bicameral. El documento también señala que, una vez que un parlamentario electo se incorpora al Congreso —tras acreditar sus credenciales, presentar las declaraciones juradas y prestar juramento— queda sujeto a las normas sobre irrenunciabilidad, vacancia, pérdida del escaño y reemplazo por el accesitario, establecidas en la Constitución y el Reglamento del Congreso. Ante este vacío legal, la Oficina Legal propuso que los órganos parlamentarios evalúen regular los casos de legisladores electos que, por decisión unilateral, no juramenten ni ejerzan el cargo, con el fin de evitar incertidumbres jurídicas futuras y preservar la voluntad popular expresada en las urnas.

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