El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la tutela que impedía el ejercicio presidencial de Abelardo de la Espriella por su doble nacionalidad. Foto: AFP. La Sala Quinta de Decisión Civil del Tribunal Superior de Bogotá rechazó en primera instancia la tutela que pretendía impedir que Abelardo de la Espriella ejerciera la presidencia debido a su doble nacionalidad estadounidense. El tribunal consideró que no existe inhabilidad constitucional por ese hecho. El fallo concluyó que ni el Consejo Nacional Electoral ni la Registraduría Nacional del Estado Civil vulneraron derechos fundamentales al permitir la participación del mandatario en el proceso electoral. La decisión dejó abierta la posibilidad de apelación en segunda instancia. “El convocante deprecó el amparo de sus garantías supralegales a la participación política, a la soberanía popular, al debido proceso electoral, a la supremacía constitucional, 'principio democrático' y 'garantía de efectividad de derechos y preservación del orden constitucional', que estima conculcadas por el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil, al haber permitido y mantenido la participación del ciudadano Abelardo Gabriel de la Espriella Otero en el certamen”, se lee en el fallo del tribunal. De esta forma, la Sala Quinta de Decisión Civil determinó que la doble nacionalidad de De la Espriella no constituye un impedimento legal para su mandato, desestimando los argumentos del accionante que invocaban la soberanía popular y la supremacía constitucional como derechos presuntamente afectados. lr.pe

Una acusación no procedente

El Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela presentada por el ciudadano Gary Ernesto Martínez Gordón, quien alegaba que la doble nacionalidad de Abelardo De La Espriella afectaba la participación política, la soberanía popular y el orden constitucional. La Sala determinó que las normas de inhabilidades no contemplan la naturalización o la doble nacionalidad como causal automática de inelegibilidad para un colombiano por nacimiento. Para sustentar su decisión, el tribunal se apoyó en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, específicamente en la Sentencia C-151 de 1997, que señala que los colombianos por nacimiento no pierden sus derechos políticos ni la posibilidad de ocupar cargos públicos al adquirir otra nacionalidad.

El abogado Germán Calderón España, representante de De la Espriella, afirmó que el fallo ratifica que la doble nacionalidad no es un impedimento para aspirar a la Presidencia, excepto en los casos expresamente previstos por la Constitución. El letrado sostuvo que las restricciones no pueden ampliarse por vía interpretativa. El caso también fue impulsado por cuestionamientos políticos, como los del excandidato Iván Cepeda, quien planteó reparos sobre la ciudadanía estadounidense del presidente y sus posibles implicaciones en lealtades y compromisos internacionales.

Con este fallo, el tribunal respaldó la participación de De la Espriella en el escenario político, al considerar que no se configura ninguna inhabilidad por su condición de colombiano por nacimiento con otra nacionalidad.

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