El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2, presidido por la jueza Maruja Hermosa, declaró improcedentes los pedidos de nulidad presentados por Juntos por el Perú contra los votos de peruanos en el extranjero. El tribunal electoral rechazó las solicitudes debido a que la agrupación política entregó los documentos fuera del plazo legal, no adjuntó los comprobantes de pago correspondientes y la firma estampada carecía de autorización legal. Como resultado, los sufragios emitidos fuera del país se mantienen intactos.

La primera impugnación buscaba anular los votos de 119 oficinas consulares distribuidas en América, Europa, Asia, África y Oceanía. El recurso fue presentado el pasado 22 de junio por Carlos Adeval Zafra Flores, personero legal titular del partido. En el escrito, Zafra denunció la existencia de “vicios insubsanables, que habrían condicionado la consumación de un fraude electoral”. Sin embargo, el JEE no llegó a evaluar el fondo de la denuncia, pues la organización incumplió requisitos formales esenciales: no pagó la tasa del reclamo y el documento fue rubricado por alguien sin facultades legales.

JEE de Lima Centro 2 rechaza pedidos de nulidad de Juntos por el Perú.

Con esta decisión del órgano electoral, los resultados de la votación en el extranjero quedan firmes, pese a los cuestionamientos del partido liderado por Roberto Sánchez.

El Jurado Electoral Especial (JEE) rechazó el segundo pedido de Juntos por el Perú, que buscaba la nulidad de votos en ciudades del extranjero como Nueva York, Houston, Nueva Jersey, Los Ángeles, Chicago, París y Bilbao. Este recurso fue presentado el 17 de junio por Flor Paquita Cubas Acuña, quien se identificó como coordinadora de los peruanos en el exterior del partido. Sin embargo, la ley establece que las quejas deben entregarse como máximo tres días después de las elecciones, fijando el límite para el 10 de junio, ya que la segunda vuelta se realizó el domingo 7. Al presentarse 12 días tarde, el tribunal declaró el pedido fuera de tiempo. Además, el partido político no adjuntó el comprobante de pago original de la tasa electoral, un requisito indispensable para que las autoridades procesen el documento. Por ello, el pleno del JEE, integrado por Teddy Cortez Vargas, Gina María Delgado Reyes y la secretaria Patricia Vanessa Casiano Mamani, resolvió rechazar el trámite. En su resolución N° 09641-2026-JEE-LIC2/JNE, el tribunal también exhortó al personero legal de Juntos por el Perú a “ajustar su conducta futura a los principios de respeto mutuo, colaboración, buena fe y rapidez”. El Jurado Electoral Especial (JEE) también desestimó el segundo recurso de Juntos por el Perú, que buscaba la nulidad de votos en el extranjero, al detectar que la señora Cubas Acuña, firmante del reclamo, carecía de facultades legales para hacerlo. Según la normativa, su credencial de personera solo era válida para el local de Queens College en Nueva York, y la ley exige que estos recursos los suscriba exclusivamente el personero legal debidamente acreditado ante el jurado. Además, el tribunal precisó que la solicitud fue presentada una semana después del plazo, que venció el 10 de junio, y que el partido omitió adjuntar el comprobante de pago original de la tasa electoral, un requisito obligatorio. En su justificación, el partido había denunciado limitaciones a las funciones de sus personeros, intervención de funcionarios consulares y discrepancias en los resultados oficiales, argumentando que existieron imprevistos y problemas específicos el día de la votación en dichos consulados. Por ello, pidieron que se realice una "investigación sobre incidencias durante el proceso electoral de segunda vuelta y la nulidad parcial". Sin embargo, el tribunal resolvió que carece de facultades legales para iniciar investigaciones de este tipo, rechazando así el pedido en su totalidad mediante la Resolución N° 09642-2026-JEE-LIC2/JNE.

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