El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 declaró improcedentes los pedidos de nulidad total y parcial de los votos emitidos en el extranjero durante la segunda vuelta presidencial, impulsados por el partido Juntos por el Perú. La solicitud buscaba dejar sin efecto los resultados en 119 oficinas consulares distribuidas en todos los continentes, incluyendo sedes en Europa, Asia, Oceanía, África, América del Norte, América Central y América del Sur.

El tribunal electoral determinó que los recursos no cumplían con los requisitos exigidos por ley. Entre los principales fundamentos del rechazo, el JEE señaló que fueron presentados fuera del plazo legal de tres días posteriores a la elección del 7 de junio y sin el pago de la tasa electoral obligatoria, condiciones consideradas de cumplimiento indispensable. En uno de los casos analizados, además, se cuestionó la legitimidad procesal del solicitante, mientras que el organismo electoral reiteró que no tiene facultades para iniciar investigaciones dentro de este tipo de procedimientos.

Finalmente, exhortó a las organizaciones políticas a actuar conforme a la normativa y principios de buena fe.

#CuentasClaras JEE Lima Centro 2 declaró improcedente los pedidos de nulidad de Juntos por el Perú para los votos en el extranjero: "Por extemporáneo y por falta de tasa electoral"

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— Canal N (@canalN_) June 24, 2026

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