La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi declaró ilegal, en segunda instancia, el cobro de S/1.188,50 que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) exigía para tramitar el reconocimiento de grados y/o títulos obtenidos en el extranjero. A partir de esta decisión, la Sunedu deberá inaplicar dicho cobro con efectos generales en favor de todos los ciudadanos afectados. El mandato regirá desde el día siguiente de la publicación del extracto de la resolución en el diario oficial El Peruano.
Mediante la Resolución 0257-2026/SEL-INDECOPI, se concluyó que la Sunedu no acreditó que el monto hubiera sido determinado de acuerdo con la metodología obligatoria de costos, aprobada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). El fallo del Indecopi, que declara ilegal el cobro, establece que la Sunedu debe inaplicarlo con efectos generales en favor de todos los ciudadanos afectados por su imposición. La resolución, adoptada en segunda instancia, entrará en vigor al día siguiente de la publicación del extracto en el diario oficial El Peruano.
La Sala del Indecopi aclaró que su decisión no implica un reconocimiento automático de los grados o títulos obtenidos en el extranjero, ni otorga registro o autorización alguna. Lo que se elimina es únicamente el cobro considerado ilegal. El procedimiento de reconocimiento seguirá vigente, pero ahora sin el pago, ya que la Sunedu no pudo demostrar que la tarifa estuviera basada en el costo real del trámite. La entidad no justificó las horas de trabajo del personal ni la cantidad de solicitudes recibidas al fijar el precio. De esta forma, el trámite permite que la Sunedu evalúe la eficacia oficial en el Perú de los estudios realizados fuera del país, conforme a la normativa aplicable, pero sin el cobro que fue declarado ilegal por no estar sustentado en los costos reales del procedimiento.
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