En el marco del Día del Padre, especialistas del Área Laboral de EY Perú recordaron los principales beneficios y licencias laborales que amparan a los padres trabajadores en el país, medidas orientadas a fortalecer el vínculo familiar y atender situaciones especiales de crianza y cuidado de los hijos.

Desde 2018, la licencia por paternidad en Perú se amplió a 10 días calendario consecutivos, uno de los derechos más relevantes para quienes se convierten en padres. Este beneficio remunerado puede usarse desde la fecha de nacimiento del hijo, desde el alta médica de la madre o del recién nacido, o hasta tres días antes de la fecha probable de parto, siempre que se acredite con certificado médico.

La licencia puede extenderse hasta 20 días calendario en casos de nacimientos prematuros o partos múltiples, y hasta 30 días cuando el recién nacido presenta una enfermedad congénita terminal o discapacidad severa, o si la madre sufre complicaciones graves de salud. Además, si la madre fallece durante el parto o mientras goza de su licencia por maternidad, el padre asume ese beneficio con goce de haber.

Asignación familiar y licencia por adopción

Los trabajadores del sector privado tienen derecho a una asignación familiar equivalente al 10 % de la Remuneración Mínima Vital, siempre que acrediten tener uno o más hijos. En tanto, la licencia por adopción otorga 30 días naturales con goce de haber, contados desde la entrega oficial del menor, siempre que este tenga menos de 12 años.

Licencias por fallecimiento y enfermedad grave de familiares

Los trabajadores pueden acceder a una licencia de cinco días calendario ante el fallecimiento de un hijo, cónyuge, padres o hermanos. El plazo puede ampliarse entre uno y dos días adicionales si el deceso ocurre en una localidad distinta a la del centro laboral.

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En el ámbito laboral peruano, tanto el sector público como el privado ofrecen una licencia remunerada de hasta siete días calendario para atender a familiares directos con enfermedad grave, terminal o que hayan sufrido un accidente de riesgo. Si se necesita un periodo mayor, se pueden conceder hasta 30 días adicionales, que se descuentan del periodo vacacional del trabajador. Además, los empleados tienen derecho a permisos con goce de haber para acompañar a hijos menores con discapacidad, personas bajo tutela o adultos dependientes con discapacidad que requieran asistencia médica o terapias de rehabilitación. Este beneficio contempla hasta 56 horas al año, que pueden tomarse de forma continua o alterna. En caso de incumplimiento, Mauro Ugaz, socio del Área Laboral de EY Perú, señaló que el trabajador puede presentar una carta exigiendo el respeto de las normas. “De persistir la infracción, puede iniciar acciones judiciales o denunciar ante Sunafil. Las multas podrían variar entre S/14.465 y S/288.915, dependiendo del número de trabajadores afectados”, explicó. La Sunafil puede imponer sanciones de hasta S/288 mil. En el contexto internacional, Costa Rica lidera en América Latina con 28 días de licencia por paternidad para trabajadores del sector público y ocho días en el privado. Colombia, Venezuela y Paraguay conceden 14 días, mientras que Argentina, República Dominicana y Guatemala solo otorgan dos días. A nivel mundial, Finlandia encabeza la lista con casi siete meses de licencia remunerada para cada padre, Suecia ofrece 16 meses por familia, y Estados Unidos no contempla una licencia parental pagada a nivel nacional.

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