En el contexto de la campaña “Papá protege, nosotros también” y el aumento de compras por el Día del Padre, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) advirtió que los establecimientos comerciales no pueden limitar el derecho de los consumidores a efectuar cambios o devoluciones de artículos adquiridos en ofertas, promociones u outlets.
La entidad señaló que imponer este tipo de restricciones podría ser considerado una cláusula abusiva, lo cual está prohibido por el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Indecopi aclaró que no es válido informar a los clientes que los productos comprados en outlets carecen del derecho a cambios o devoluciones. Tampoco se pueden exigir condiciones desproporcionadas para acceder a estos mecanismos, como mantener los artículos completamente sellados, sin señales de uso o con todos sus empaques originales.
La institución recordó que, si un producto presenta fallas, no cumple con las características ofrecidas o no es idóneo para el uso al que está destinado, el consumidor tiene derecho a solicitar una solución, incluso si la compra se realizó durante una campaña promocional o con descuentos.
El organismo señaló que las cláusulas que colocan al consumidor en una situación de desventaja injustificada son consideradas abusivas según la legislación vigente. Ante estos casos, los usuarios pueden presentar denuncias ante Indecopi. Como parte de las medidas correctivas, la institución puede ordenar la eliminación de dichas cláusulas y aplicar sanciones a las empresas infractoras.
De acuerdo con el Código de Protección y Defensa del Consumidor, las sanciones para los proveedores que incumplan estas disposiciones van desde una amonestación hasta multas de 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Indecopi exhortó a los consumidores a informarse sobre sus derechos y a reportar cualquier práctica que vulnere las normas de protección al consumidor.
Indecopi recordó que las tiendas no pueden prohibir cambios o devoluciones en productos comprados en outlets, ya que estas restricciones pueden constituir cláusulas abusivas. El derecho se mantiene incluso si la compra se realizó con descuentos o promociones. Los consumidores pueden denunciar estas prácticas ante Indecopi, y las sanciones para las empresas pueden llegar hasta las 450 UIT. La advertencia se realizó en el marco de la campaña “Papá protege, nosotros también”.
Indecopi recuerda que tiendas no pueden negar cambios ni devoluciones en productos de outlets
En el contexto de la campaña “Papá protege, nosotros también” y el aumento de compras por el Día del Padre, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) advirtió que los establecimientos comerciales no pueden limitar el derecho de los consumidores a efectuar cambios o devoluciones de artículos adquiridos en ofertas, promociones u outlets.
La entidad señaló que imponer este tipo de restricciones podría ser considerado una cláusula abusiva, lo cual está prohibido por el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Indecopi aclaró que no es válido informar a los clientes que los productos comprados en outlets carecen del derecho a cambios o devoluciones. Tampoco se pueden exigir condiciones desproporcionadas para acceder a estos mecanismos, como mantener los artículos completamente sellados, sin señales de uso o con todos sus empaques originales.
La institución recordó que, si un producto presenta fallas, no cumple con las características ofrecidas o no es idóneo para el uso al que está destinado, el consumidor tiene derecho a solicitar una solución, incluso si la compra se realizó durante una campaña promocional o con descuentos.
El organismo señaló que las cláusulas que colocan al consumidor en una situación de desventaja injustificada son consideradas abusivas según la legislación vigente. Ante estos casos, los usuarios pueden presentar denuncias ante Indecopi. Como parte de las medidas correctivas, la institución puede ordenar la eliminación de dichas cláusulas y aplicar sanciones a las empresas infractoras.
De acuerdo con el Código de Protección y Defensa del Consumidor, las sanciones para los proveedores que incumplan estas disposiciones van desde una amonestación hasta multas de 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Indecopi exhortó a los consumidores a informarse sobre sus derechos y a reportar cualquier práctica que vulnere las normas de protección al consumidor.
Indecopi recordó que las tiendas no pueden prohibir cambios o devoluciones en productos comprados en outlets, ya que estas restricciones pueden constituir cláusulas abusivas. El derecho se mantiene incluso si la compra se realizó con descuentos o promociones. Los consumidores pueden denunciar estas prácticas ante Indecopi, y las sanciones para las empresas pueden llegar hasta las 450 UIT. La advertencia se realizó en el marco de la campaña “Papá protege, nosotros también”.
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