Fuerza Popular y Juntos por el Perú presentaron pedidos de nulidad tras la segunda vuelta: ¿qué resolvieron los JEE? Entre el 10 y el 14 de junio, Fuerza Popular y Juntos por el Perú presentaron un total de 13 pedidos de nulidad ante los Jurados Electorales Especiales (JEE), órganos vinculados al Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Los recursos cuestionaban mesas de sufragio y locales de votación en distintas regiones del país y en el extranjero. En una primera instancia, los JEE rechazaron todas las solicitudes: las de Fuerza Popular fueron declaradas infundadas, mientras que las de Juntos por el Perú fueron declaradas improcedentes. Fuerza Popular presentó siete solicitudes de nulidad el 10 de junio. En sus pedidos, la agrupación alegó que sus personeros fueron impedidos de ingresar a las aulas durante la instalación de las mesas de sufragio, lo que les habría impedido fiscalizar el uso del material electoral y verificar el cumplimiento de los procedimientos establecidos. Si bien ambas organizaciones políticas pueden apelar estas decisiones para que sean revisadas en última instancia por el Pleno del JNE, Fuerza Popular adelantó que no recurrirá a esta vía. En declaraciones a RPP, Marco Vinelli, jefe del plan de gobierno del partido, señaló que respetarán lo resuelto por los órganos electorales respecto de los siete pedidos de nulidad presentados en Puno. Juntos por el Perú, en cambio, interpuso recursos de apelación en algunos de sus casos. La agrupación presentó seis pedidos de nulidad, todos rechazados como improcedentes en primera instancia. Conoce el detalle de cada pedido y lo que resolvieron los Jurados Electorales Especiales. El Jurado Electoral Especial (JEE) de San Román declaró infundados, el 16 de junio, los siete recursos presentados por Fuerza Popular. Cinco de ellos estaban dirigidos contra mesas de sufragio y dos contra locales de votación en Puno: la IE Primaria Glorioso 885 Señor de los Milagros y la IE Particular Domingo Sabio N.° 70605. En sus resoluciones, el JEE concluyó que el partido fujimorista no logró acreditar que el supuesto impedimento a sus personeros constituyera fraude o hubiera afectado la voluntad popular. Los medios probatorios presentados resultaron insuficientes para sustentar la nulidad solicitada. Además, para los casos de locales de votación, el órgano electoral añadió que la presunta restricción a las labores de fiscalización no es una causal de nulidad prevista en la Ley Orgánica de Elecciones. Este criterio se reflejó en una de las resoluciones sobre la IE Primaria Glorioso 885 Señor de los Milagros N.° 72002. El documento precisa que "no se ha demostrado la existencia de una afectación sustancial que comprometa la validez, autenticidad o regularidad del acto electoral desarrollado en la mesa de sufragio cuestionada, ni se ha configurado alguna de las causales previstas" en dicha ley. Por otro lado, Juntos por el Perú presentó seis pedidos de nulidad entre el 11 y el 14 de junio. En primera instancia, todos fueron declarados improcedentes por los Jurados Electorales Especiales (JEE) debido a observaciones de carácter formal, principalmente por el incumplimiento del requisito obligatorio del pago de la tasa. Estos recursos cuestionaban mesas en Perú, Estados Unidos y Argentina. Los pedidos de nulidad presentados por Fuerza Popular y Juntos por el Perú abarcaron diversas mesas en el extranjero y en el país. En concreto, se cuestionaron 1,751 mesas en Lima, Lambayeque, Amazonas y Áncash por una supuesta repetición idéntica de votos a favor de Fuerza Popular, algo que la agrupación califica como estadísticamente improbable. También se incluyeron 647 mesas en Estados Unidos por irregularidades en fusiones de mesa, y 170 mesas en Chicago, Houston y Nueva Jersey, donde se alegó ausencia de representantes electorales y valijas sin cadena de custodia. Además, se cuestionaron 294 mesas en Argentina por presuntas irregularidades de funcionarios consulares "para favorecer" la candidatura de Fuerza Popular y retrasos en el traslado de valijas diplomáticas. Respecto a los dos últimos pedidos, el JEE de Lima Centro 2 precisó que fueron presentados fuera del plazo legal de tres días posteriores a la jornada electoral, periodo comprendido para solicitudes de nulidad por hechos externos a las mesas de sufragio. En tanto, Juntos por el Perú interpuso recursos de apelación en tres casos. El correspondiente a la mesa N.° 086926 en Carolina del Norte fue declarado improcedente por falta de pago de la tasa, mientras que la referida a las 647 mesas en Estados Unidos aún se encuentra en trámite. La apelación sobre las 1,751 mesas fue concedida por el JEE Lima Centro 1 el 15 de junio. El caso pasará a ser revisado por el Pleno del JNE en última y definitiva instancia en los próximos días. Los recursos también abarcaron mesas en Carolina del Norte por fusiones irregulares de mesa.

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