El Gobierno de José María Balcázar aprobó un nuevo reajuste de pensiones para policías y militares en situación de retiro, así como para los beneficiarios de pensiones de sobrevivencia (Montepío), como viudas, huérfanos y otros familiares. El incremento, de carácter permanente, se aplicará desde este mes de junio de 2026 y está establecido mediante un decreto supremo.
La medida beneficia a los pensionistas comprendidos en el régimen previsional del Decreto Ley N° 19846, que agrupa al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú. Los montos mensuales van desde S/237 hasta S/1.028, dependiendo del grado pensionable reconocido al beneficiario.
El mayor incremento corresponde a los oficiales de más alto rango. Los pensionistas con grado equivalente a General de División, Vicealmirante, Teniente General o Teniente General de la PNP recibirán un aumento mensual de más de S/1.000. Les siguen los grados equivalentes a General de Brigada, Contralmirante y Mayor General. En el caso de los técnicos y suboficiales, el mayor reajuste será de S/321 para quienes ostenten el grado pensionable equivalente a Técnico Jefe Superior o Suboficial Superior.
El reajuste mensual para oficiales retirados va desde S/ 1.028,76 para un General de División, Vicealmirante o Teniente General hasta S/ 265,57 para Subteniente o Alférez. En el caso de los técnicos y suboficiales, el incremento va desde S/ 321,03 para Técnico Jefe Superior o Suboficial Superior hasta S/ 237,38 para Suboficial de Tercera. La norma establece que la actualización de estos montos será realizada de oficio por la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), por lo que los beneficiarios no deben realizar trámites adicionales.
En el caso de las pensiones de sobrevivencia, el decreto precisa que el incremento no podrá superar el monto que le hubiera correspondido al pensionista titular. Además, cuando exista más de un beneficiario, el aumento deberá distribuirse de forma proporcional. El financiamiento de este reajuste estará a cargo de los presupuestos institucionales del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior.
Comentarios 0
Súmate a la conversación
Tu comentario es anónimo, pero para evitar bots necesitamos que te registres. Es gratis y toma 30 segundos.
Crear cuenta para comentar Ya tengo cuenta