El Parlamento oficializó una norma que impide a personas inhabilitadas ejercer cargos en los órganos de gobierno de colegios profesionales. La disposición fue incorporada en la ley que crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú y alcanzaría a Delia Espinoza, actual decana del Colegio de Abogados de Lima (CAL).

Ley señala que las personas inhabilitadas por el Congreso no pueden ocupar cargos en los comités directivos de los colegios profesionales. Foto: La República

La ley que busca apartar a Delia Espinoza del decanato del CAL fue promulgada este 13 de junio por el Congreso de la República. La medida quedó oficializada mediante la Ley 32645, norma que crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú e incorpora una disposición que prohíbe a personas inhabilitadas para ejercer la función pública integrar o dirigir colegios profesionales.

La promulgación fue dispuesta por el presidente encargado del Congreso, Fernando Rospigliosi, luego de que el titular del Parlamento, José María Balcázar, no observara ni publicara la autógrafa dentro del plazo legal establecido. Con ello, la norma fue publicada en el diario oficial El Peruano y entró en vigencia.

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La disposición incorporada establece que las personas inhabilitadas para ejercer la función pública no podrán formar parte de las comisiones organizadoras ni ocupar cargos en los órganos de gobierno de los colegios profesionales. Diversos sectores han advertido que el cambio tiene un impacto directo sobre Delia Espinoza, quien actualmente dirige el CAL.

La exfiscal de la Nación fue inhabilitada por el Congreso en diciembre de 2025. Posteriormente, el Parlamento aprobó una segunda sanción en su contra. Debido a esas decisiones, la nueva norma podría abrir un debate sobre su permanencia al frente del Colegio de Abogados de Lima para el periodo 2026-2028.

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