Adolescentes de 16 y 17 años podrían administrar sus cuentas bancarias con una sola autorización de sus padres

Mayor autonomía. La Comisión de Economía aprobó un dictamen que permite a adolescentes entre 16 y 17 años administrar cuentas de ahorro y dinero electrónico a su nombre. Los padres solo participarían al momento de abrir la cuenta.

Los adolescentes de 16 y 17 años tendrán mayor autonomía financiera si prospera en el Pleno del Congreso un dictamen aprobado esta semana por la Comisión de Economía. 

La propuesta permite que este grupo sea titular de cuentas de ahorro y cuentas de dinero electrónico —llámense las billeteras digitales— con autorización de sus padres o tutores únicamente al momento de la apertura.  

Una vez otorgado ese permiso, los jóvenes podrán administrar directamente sus fondos, realizar operaciones y manejar la cuenta por sí mismos, pero sujetos a ciertas condiciones que establezca la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

La iniciativa busca promover el ahorro y la inclusión financiera entre adolescentes que están próximos a alcanzar la mayoría de edad. Según el dictamen, la finalidad es facilitar su acceso al sistema financiero formal, fortalecer su autonomía económica progresiva y reducir los riesgos asociados al manejo de dinero en efectivo.

Actualmente, los menores de edad ya pueden acceder a determinados productos financieros mediante la participación de sus padres o representantes. Sin embargo, el proyecto dicta un cambio para que adolescentes de entre 16 y menores de 18 años y dispone que la intervención de quien ejerce la patria potestad ocurra de forma obligatoria solo una vez: durante la apertura de la cuenta. 

Luego, el adolescente podrá administrarla directamente dentro de los parámetros que defina la SBS.

Para Arturo García, economista y profesor de ESAN, la medida permitiría sumar a más jóvenes al sistema financiero desde una edad más temprana, sobre todo en un contexto en el que las billeteras digitales han ganado espacio en la vida cotidiana de millones de peruanos.

"Desde el punto de vista económico es beneficioso porque permite que adolescentes puedan manejar cuentas de ahorro sobre todo medios de pago como billeteras digitales. Esto incrementa la posibilidad y el volumen de transacciones y da facilidad también a este segmento de 16 y 17 años", explicó a RPP.

Historial bancario desde los 16 años

Uno de los argumentos del dictamen es que los adolescentes desarrollen habilidades financieras antes de cumplir los 18 años. Según cifras del INEI, hay 1 millón y medio de adolescentes entre 16 y 18 años en el país. Además, 7 de cada 10 ahorran de manera informal.

En esa línea, García considera que "incluso pueden ir ya desde los 16 años haciendo historial bancario y crediticio".

Según explicó, el movimiento de una cuenta permite que las entidades financieras conozcan el comportamiento financiero de una persona, lo que puede resultar útil en el futuro.

"Eso ayuda también a una mayor responsabilidad desde edades juveniles y promueve una mejor educación financiera", acotó.

También podrán recibir su sueldo en una cuenta propia

El dictamen incorpora además una disposición específica para adolescentes que trabajen formalmente.

La propuesta establece que los jóvenes de 16 y 17 años que mantengan una relación laboral autorizada podrán solicitar una cuenta de ahorro destinada exclusivamente al depósito de sus remuneraciones.

Para García, esta disposición también contribuiría a ampliar la bancarización de este grupo de la población.

"Esto promueve también la bancarización desde temprana edad. Facilita las transacciones que realizan y genera una mayor facilidad transaccional para todos los agentes económicos con quienes interactúan", indicó.

SBS definirá restricciones a cuentas bancarias de adolescentes

Aunque la propuesta abre la puerta para una mayor autonomía financiera de los adolescentes, el dictamen encarga a la SBS la definición de reglas específicas para estas cuentas.

Entre otros aspectos, el regulador deberá establecer límites de transacciones, retiros diarios, montos máximos y medidas adicionales de protección.

Consultado sobre este punto, García señaló que resulta razonable que exista una regulación diferenciada para este segmento.

De aprobarse finalmente la iniciativa, la SBS tendrá un plazo de 60 días para emitir las disposiciones reglamentarias necesarias para su aplicación.

Leer artículo completo en rpp.pe →