El Gobierno autorizó el uso de hasta S/ 2,000 millones del Fondo Crecer para otorgar garantías a créditos y reprogramaciones de préstamos de las micro y pequeñas empresas (mypes), como parte de las medidas del Gobierno para mitigar los efectos del Fenómeno El Niño 2026-2027.

La disposición fue oficializada mediante el Decreto de Urgencia N.° 015-2026, publicado hoy en el diario oficial El Peruano. La norma busca facilitar el acceso al financiamiento y proteger la capacidad de pago de estos negocios.

La norma faculta a la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide), como fiduciario del Fondo Crecer, a utilizar los recursos disponibles para garantizar créditos en moneda nacional otorgados por entidades del sistema financiero y cooperativas de ahorro y crédito elegibles. Esta autorización estará vigente hasta el 30 de abril de 2027.

El porcentaje de cobertura dependerá del monto del préstamo. Para créditos de hasta S/ 30,000, la garantía cubrirá el 90% de la cartera por deudor; para aquellos entre S/ 30,001 y S/ 90,000, alcanzará el 80%; mientras que para préstamos de S/ 90,001 a S/ 300,000 será del 70%.

En el caso de las mypes de los sectores agropecuario, pesquero y acuícola, las coberturas serán mayores: 95%, 90% y 80%, respectivamente, para los mismos tramos de crédito.

Cabe resaltar que para acceder a este respaldo, las empresas deberán desarrollar sus actividades en departamentos declarados en estado de emergencia debido a afectaciones o peligro inminente asociados al Fenómeno El Niño.

Facilidades para reprogramar créditos

El decreto también contempla la reprogramación de los créditos garantizados por el programa Impulso Empresarial Mype (Impulso Myperú).

Para ello, las entidades financieras y cooperativas autorizadas deberán evaluar las solicitudes de sus clientes, de acuerdo con las condiciones operativas que establezca el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

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En el régimen general, los préstamos podrán acceder a una ampliación del plazo de pago de hasta nueve meses. En tanto, para los créditos destinados a actividades agropecuarias, pesqueras y acuícolas, la extensión podrá alcanzar los 12 meses, previa evaluación de la entidad financiera.

En ambos casos, se establece un periodo de gracia parcial de hasta tres meses, durante el cual las empresas solo deberán pagar intereses y comisiones, sin amortizar el capital.

Asimismo, el plazo total de los créditos reprogramados no podrá superar los 81 meses en el régimen general ni los 84 meses para los sectores agropecuario, pesquero y acuícola, contabilizados desde el otorgamiento del préstamo original. La tasa de interés tampoco podrá ser superior a la que se aplicaba antes de la reprogramación.

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Las empresas podrán acogerse a estas facilidades hasta el 30 de abril de 2027. Adicionalmente, el decreto autoriza al Banco de la Nación a otorgar líneas de crédito a Cofide, respaldadas por una garantía del Fondo Crecer de hasta el 100%, para financiar a las entidades financieras y cooperativas que canalicen recursos hacia las mypes.

Finalmente, el MEF tendrá un plazo máximo de 30 días calendario, desde la entrada en vigor del decreto, para aprobar las disposiciones operativas necesarias para implementar las garantías y reprogramaciones.

Las coberturas y obligaciones generadas durante la vigencia de la norma mantendrán sus efectos hasta la cancelación o extinción de los compromisos correspondientes.

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