Absalón Vásquez Villanueva está listo para jurar como senador en el nuevo Congreso Bicameral, pero su llegada al Parlamento se da con una pesada carga: una deuda superior al millón de soles por reparación civil que mantiene con el Estado peruano, producto de una condena por corrupción. Especialistas cuestionan los filtros del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ante su candidatura y advierten que, debido a la preclusión del proceso electoral, ya no es posible anular su elección. La única vía legal para retirarlo, explican, es el desafuero parlamentario.

En la hoja de vida que presentó ante el JNE, el propio Vásquez declaró una sentencia como "cómplice primario" del delito de peculado. Como defensa, el exministro de Agricultura anotó en su documento de postulación que la resolución judicial señala que "no se benefició ni directa ni indirectamente de fondos del Estado". No obstante, ese argumento no elimina el perjuicio que ocasionó al Estado, según fuentes de la Procuraduría, que confirman que la deuda millonaria sigue vigente.

La condena quedó ratificada en la resolución de la Tercera Sala Penal Especial, del 27 de junio de 2008, a la que accedió la Unidad de Investigación de La República. El documento judicial establece que a Vásquez se le impuso una pena de cuatro años de prisión suspendida tras determinarse que actuó como cómplice en el desvío de dinero que Vladimiro Montesinos entregó a Juan Carlos Hurtado Miller, exministro de Economía.

La sala judicial impuso a Absalón Vásquez una reparación civil de S/ 1,070,000 (un millón setenta mil soles) a favor del Estado, además de la pena privativa de la libertad y tres años de inhabilitación. Sin embargo, hasta enero de 2026, el sentenciado solo había cancelado el 3,07% de esa deuda. Para el abogado constitucionalista y electoral Jorge Jáuregui, esta situación debió impedir que su candidatura fuera admitida por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

“El Tribunal Constitucional estableció un criterio claro: una persona condenada queda rehabilitada y redimida para postular solo bajo dos presupuestos obligatorios: purgar la condena íntegramente y pagar la totalidad de la reparación civil. Si no cumple con ambos, no está rehabilitada. Al no pagar su deuda, el fundamento del TC no sirve para avalar la inscripción de Vásquez”, explicó Jáuregui en diálogo con La República. El especialista calificó la actuación del JNE en este proceso electoral como “arbitraria” y “poco prolija”.

Una vez que el JNE otorgó la credencial, el ente electoral perdió competencia sobre el cargo, el cual es irrenunciable por mandato constitucional. Por ello, evitar que Vásquez ejerza funciones dependerá exclusivamente del propio Parlamento a partir de su instalación el 26 de julio. El mecanismo para separarlo requiere un procedimiento de desafuero que debe iniciar su trámite en la Cámara de Diputados y luego pasar a decisión del Senado. No obstante, Jáuregui advierte que este camino no es automático y se rige por un debido proceso judicial y político. “En el Parlamento las votaciones son políticas y cuentan los votos. Veremos qué peso tiene la bancada de Renovación Popular y sus aliados para protegerlo”, concluyó el experto.

La abogada constitucionalista María Antonieta González coincidió en que el debate sobre la idoneidad de Absalón Vásquez es válido, pero advirtió que existen límites legales para retirarlo ahora que ya fue electo por voto popular. Explicó que en el derecho electoral rige el principio de preclusión, lo que implica que las etapas superadas no se pueden revertir. “Las etapas de los procesos electorales son preclusivas como una forma de protección del sistema electoral. Si se pretende demandar la nulidad de su elección ahora que ya concluyó el proceso, se iría en contra de todo el sistema. Si el JNE, que es el encargado de colocar los filtros y evaluarlos, no lo hizo a tiempo, es sumamente difícil que un juez o el propio Congreso anule el voto popular bajo ese argumento. Un juicio de ese tipo demoraría años”, indicó la constitucionalista a La República. González detalló que el análisis sobre la idoneidad de Vásquez y su posterior permanencia en la curul no corresponde al sistema electoral, sino al propio fuero legislativo. “Impedir que jure al cargo por este motivo no es viable de forma directa. Eso es un asunto que tendrá que evaluarse en la Comisión de Ética o en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, mediante el debido procedimiento parlamentario correspondiente”, concluyó.

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