El Gobierno de Keiko Fujimori presentó al Congreso, la tarde de este lunes 19 de octubre, el proyecto para la nueva Ley de la Minería Artesanal y Pequeña Minería, conocida como Ley MAPE, que había propuesto el Ministerio de Energía y Minas (Minem) y aprobado el Consejo de Ministros la semana pasada.

La presente propuesta tiene por objeto establecer el marco jurídico especial para la autorización, regulación, supervisión, fiscalización, trazabilidad y promoción de las actividades de pequeña minería y minería artesanal en el territorio nacional.

En tal sentido, establece que el Minem es el ente rector de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal. En dicho ejercicio, formula y conduce la política nacional, dicta normas y lineamientos de alcance nacional, y supervisa y evalúa su implementación.

Vale recordar que, hasta antes de que el Minem asumiera temporalmente el proceso de formalización con vigencia al 31 de diciembre de 2026, esta responsabilidad, así como su supervisión, estaba a cargo de los gobiernos regionales.

¿A quiénes se aplica?

El proyecto de la ley MAPE plantea promover el desarrollo formal, sostenible y trazable de las actividades de pequeña minería y minería artesanal, facilitar su incorporación y permanencia en cadenas formales de valor y fortalecer la capacidad del Estado para su supervisión y fiscalización.

Se aplica a las personas naturales o jurídicas que desarrollan o pretendan desarrollar actividades de pequeña minería y minería artesanal dentro de los límites de extensión y capacidad de producción o beneficio establecidos en la Ley General de Minería.

La minería representa el 60% de nuestras exportaciones. (Foto: EFE)
La minería representa el 60% de nuestras exportaciones. (Foto: EFE)
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Comprende también a los titulares de derechos mineros, de actividades de beneficio, acopiadores, transportistas, procesadores, comercializadores y demás personas que intervienen en la cadena de valor de los minerales provenientes de dichas actividades, así como a las entidades públicas que ejercen las competencias reguladas por esta ley.

El procedimiento ordinario de otorgamiento de concesiones mineras y el cumplimiento de las obligaciones de sus titulares relativas al derecho de vigencia, penalidad, acreditación de la producción mínima o de la inversión mínima, la Declaración Anual Consolidada y la Declaración Estadística Mensual se rigen por el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería.

Régimen consolidado hasta el 2028

La propuesta de ley regula dos regímenes para el desarrollo de actividades de pequeña minería y minería artesanal: el régimen ordinario y el régimen de consolidación de los mineros que están pendientes de concluir el proceso de formalización.

La propuesta confirma que el actual proceso de formalización minera integral concluye el 31 de diciembre del 2026 y que la vigencia del régimen de consolidación (de aprobarse el proyecto) se iniciará el 1 de enero del 2027 y concluirá el 30 de junio del 2028.

El régimen de consolidación para concluir la formalización minera se dará hasta junio del 2028. (Foto: Difusión)
El régimen de consolidación para concluir la formalización minera se dará hasta junio del 2028. (Foto: Difusión)

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