Ante el anuncio del Ministerio de Educación (Minedu) sobre el adelanto del cierre del año escolar 2026 en distintas regiones del país por la inminente llegada del fenómeno El Niño, el Indecopi recordó que los colegios privados no pueden impedir que los estudiantes rindan sus evaluaciones finales por tener pensiones pendientes de pago.

La entidad precisó que la Ley de los Centros Educativos Privados prohíbe condicionar la evaluación de los alumnos, la asistencia a clases, la entrega de libretas de notas y la atención de reclamos al pago de las pensiones u otros conceptos vinculados con el servicio educativo.

En ese sentido, las obligaciones económicas pendientes de los padres de familia no pueden afectar el derecho de los estudiantes a rendir las pruebas programadas durante el año lectivo. Si bien los colegios cuentan con mecanismos para gestionar el cobro de las deudas, estos no deben perjudicar la prestación del servicio educativo ni los derechos de los alumnos.

Los colegios privados no pueden impedir que los estudiantes rindan sus exámenes por mantener deudas pendientes por concepto de pensiones, recordó el organismo. Foto: Indecopi.
Los colegios privados no pueden impedir que los estudiantes rindan sus exámenes por mantener deudas pendientes por concepto de pensiones, recordó el organismo. Foto: Indecopi.

Asimismo, el Indecopi señaló que las instituciones educativas privadas deben comunicar por escrito, de manera clara, suficiente y oportuna, las condiciones económicas y académicas del servicio. Esta información debe incluir el calendario escolar, los sistemas de evaluación y las obligaciones asumidas por las familias.

Matrícula escolar 2027

De cara al próximo año escolar, el Indecopi también recordó que los colegios privados deben informar por escrito, con una anticipación mínima de 30 días calendario antes de finalizar el año lectivo, los montos y las fechas de pago de la matrícula de 2027, así como el costo de las pensiones mensuales y las condiciones aplicables.

Por otro lado, las instituciones educativas pueden optar por no renovar la matrícula para el siguiente año escolar cuando los padres o tutores incumplan las obligaciones de pago previamente pactadas e informadas. Para ello, deben haber comunicado oportunamente esta disposición a las familias.

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