Las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026 están cada vez más cerca. Como en otras ocasiones, siempre hay un porcentaje de electores que no asisten a votar por distintos factores, lo cual deriva en multas electorales que varían dependiendo del sector social o función en el proceso.
Mientras la multa se mantenga impaga por no ir a votar o no cumplir su función de miembro de mesa, se producen restricciones para determinados actos civiles y administrativos. La consecuencia principal es que el ciudadano puede verse limitado al gestionar diversos procedimientos ante entidades públicas o privadas.
El cobro de las multas electorales está a cargo del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), aunque la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) también interviene en el sistema electoral.
Cuando se impone una multa, el JNE genera una resolución y notifica al ciudadano. En este supuesto, la persona puede presentar descargos frente a dicha resolución antes de que la multa quede firme.
Si la deuda no se paga, puede intervenir el área de ejecución coactiva del JNE. Tras recibir una resolución de cobranza, el ciudadano tiene un periodo de 10 días para regularizar su situación.
Restricciones por multas impagas
Silvia Vergara, especialista en derecho electoral, explicó que las multas se imponen tanto a quienes no acuden a votar como a las personas que, tras ser designadas miembros de mesa, no cumplen esa función.
También pueden surgir obstáculos para intervenir en algunos procedimientos judiciales en los que la persona sea parte. La especialista mencionó que la deuda pendiente puede ser advertida durante este tipo de gestiones.
“Realizar algunos actos notariales, algunos contratos, legalizaciones de firmas, por ejemplo, van a advertir la falta; ahora también en las notarías se utiliza biometría y salta en el sistema”, indicó.
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Por otro lado, José Tello, presidente de Aklla Perú, precisó que la aplicación de estas observaciones puede depender de la entidad y de la gestión que se pretenda realizar. Según menciona, aunque el sistema puede mostrar que una persona es deudora de una multa electoral, no se trata de una restricción que opere de forma uniforme en todos los casos.
En el ámbito financiero, pueden registrarse observaciones en determinados trámites bancarios. Tello señaló que puede haber problemas para abrir una cuenta cuando el ciudadano mantiene una multa electoral sin pagar.
Las restricciones también pueden alcanzar trámites ante entidades públicas para trámites relacionados a actividades de uso ciudadano; por ejemplo, una persona podría encontrar limitaciones al solicitar una licencia de conducir mientras mantenga pendiente el pago de una multa.
Asimismo, una multa electoral impaga puede generar problemas para inscribirse como beneficiario de algunos programas sociales. Otro escenario sería para una persona que ha sido nombrada como funcionaria, en este caso, tendría que regularizar su deuda antes de ejercer el cargo.

¿Me impide salir del país o me pueden embargar la cuenta?
Respecto a que, si tener una multa electoral impide viajar fuera del país, Vergara aclaró que dicha situación no impide directamente que un ciudadano salga del territorio nacional. Y es que, para una prohibición de salida del territorio nacional se requeriría una orden judicial.
Sin embargo, la especialista indicó que sí podrían presentarse limitaciones en trámites necesarios para viajar, como la emisión o actualización de un pasaporte. También podría existir una observación durante la renovación del DNI.
De no producirse el pago, el JNE puede iniciar un proceso de embargo sobre las cuentas del ciudadano en el sistema financiero. Según Tello, este tipo de medida puede afectar todas las cuentas y representar una complicación mayor que el propio monto de la multa, debido a las dificultades operativas y a los costos asociados que podría cobrar la entidad bancaria.
Por otro lado, Vergara explicó que el JNE puede realizar solicitudes de embargo de forma general al Banco de la Nación y a bancos privados. Esto ocurre porque la información sobre las cuentas y los fondos de cada ciudadano es reservada, por lo que no necesariamente se conoce en qué entidad mantiene mayores recursos.
En ese escenario, el banco puede retener el monto disponible al momento de ejecutarse el embargo.
Cabe mencionar que los ciudadanos que no votaron o no cumplieron la función de miembro de mesa pueden solicitar mecanismos para regularizar su situación. Según la normativa vigente, existe una dispensa para el ciudadano que no votó y una justificación para quien fue designado miembro de mesa y no ejerció esa labor.
Entre las causales mencionadas para estos procedimientos están los problemas de salud, los viajes al exterior, los estudios y los tratamientos médicos. También puede realizarse una regularización cuando el elector ha fallecido, trámite que puede ser gestionado por un familiar.
Según Vergara, estas solicitudes pueden presentarse antes de que se emita la resolución de multa. Por ello, recomendó que quienes cuenten con pruebas que expliquen su inasistencia al sufragio o su ausencia como miembro de mesa, pueden presentarlas durante el procedimiento correspondiente.
SOBRE EL AUTORBachiller en Periodismo por la Universidad Jaime Bausate y Meza, con seis años de experiencia en prensa radial, escrita, digital e instituciones públicas.
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