El Poder Ejecutivo oficializó el incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV) para los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada. Mediante el Decreto Supremo N.º 015-2026-TR, publicado en una edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, se estableció un aumento total de S/170, por lo que el sueldo mínimo pasará de S/1 130 a S/1 300.
El decreto, suscrito por la presidenta de la República, Keiko Fujimori, y el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Juan Sheput, establece que el incremento de la RMV se aplicará de forma progresiva y estará dividido en dos etapas.
El primer aumento, de S/100, comenzará a regir desde el 1 de octubre de 2026. Con esta primera etapa, la Remuneración Mínima Vital (RMV) pasará de S/1 130 a S/1 230.
La segunda etapa contempla un incremento adicional de S/70, con el que la RMV alcanzará los S/1 300. Según el decreto, este reajuste deberá ser establecido mediante un nuevo decreto supremo durante el primer semestre de 2027.
El decreto señala que la medida tiene como objetivo mejorar los ingresos de los trabajadores formales del sector privado, en cumplimiento del derecho constitucional a una “remuneración equitativa y suficiente”.
En ese sentido, el decreto precisa que el monto final de S/1 300 es resultado del diálogo social y la consulta tripartita. El consenso sobre esta cifra se alcanzó durante la Sesión Extraordinaria N.º 49 del Pleno del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE), realizada el pasado 3 de septiembre.
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