SociedadPronabec cambia sus reglas: estos son los nuevos requisitos para acceder y mantener una beca en Perú

Nuevo reglamento exige a los becarios mantener un promedio ponderado aprobatorio y alcanzar como mínimo el tercio superior. También establece nuevas causales para perder el beneficio.

Gobierno modifica reglamento del Pronabec en Perú: Conoce los nuevos requisitos para acceder a becasFoto: UNMSMValeria TossoJueves 24 de Septiembre del 2026 · 10:39hgoogle iconLa República en Google

El Gobierno modificó el reglamento del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (Pronabec) y estableció nuevas condiciones para acceder, conservar o perder una beca, entre ellas mayores exigencias de rendimiento académico y nuevos impedimentos para postular.

Los cambios figuran en el Decreto Supremo N.° 017-2026-MINEDU, publicado este jueves 24 de septiembre en el diario oficial El Peruano. La norma modifica el Reglamento de la Ley N.° 29837, que creó el Pronabec, y establece nuevas disposiciones para el financiamiento de becas y créditos educativos.

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Entre los principales cambios, el reglamento precisa que el alto rendimiento académico para acceder a una beca comprende pertenecer al tercio superior del grupo de comparación que establezcan las bases de cada convocatoria.

Para las becas de maestría y doctorado, los postulantes deben haber pertenecido como mínimo al quinto superior durante sus estudios de pregrado. Los estudiantes de los Colegios de Alto Rendimiento (COAR) acreditan esta condición por su formación en dichas instituciones.

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Mayores exigencias

El reglamento también precisa el criterio de insuficiencia de recursos económicos para las becas de posgrado. Esta condición se cumple cuando el ingreso mensual individual del postulante es igual o menor a cinco remuneraciones mínimas vitales.

Las bases de cada concurso podrán incorporar otros criterios de selección, como los resultados de pruebas nacionales, la calidad de las instituciones educativas, la empleabilidad y la demanda laboral. Además, el Pronabec priorizará carreras y programas vinculados con las necesidades del país, sectores estratégicos y requerimientos del mercado laboral.

La norma establece nuevos impedimentos para postular a becas de pregrado y posgrado. No podrán hacerlo quienes hayan recibido o renunciado a otra beca para financiar el mismo nivel de estudios, salvo que no hayan obtenido un beneficio económico.

Tampoco podrán postular quienes se encuentren dentro del plazo para cumplir el Compromiso de Servicio al Perú, lo hayan incumplido o hayan presentado información falsa que haya provocado la nulidad de un beneficio anterior.

Los becarios deberán mantener un promedio ponderado aprobatorio en cada periodo académico, matricularse en los créditos previstos y alcanzar como mínimo el tercio superior durante sus estudios. También tendrán que actualizar sus datos de contacto y mantener un trato respetuoso con el personal del Pronabec.

El financiamiento puede incluir matrícula, pensiones, alojamiento, alimentación, materiales de estudio, seguro médico y computadora portátil, de acuerdo con las condiciones de cada convocatoria.

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¿Cuándo se puede perder una beca?

El nuevo artículo 34 establece que un beneficiario puede perder la beca si desaprueba dos veces el mismo curso o cursos diferentes durante el periodo de duración del beneficio. También constituye causal de pérdida obtener un promedio ponderado desaprobatorio en cualquier periodo académico.

Otra causal corresponde al retiro definitivo del becario de su institución educativa mediante un acto administrativo firme o equivalente. Las consecuencias de la renuncia o pérdida del beneficio y las instancias responsables de resolver cada caso figuran en el anexo modificado por el decreto.

El reglamento también regula los cambios de carrera o institución educativa cuando existan causas atribuibles a la institución que pongan en riesgo la continuidad de los estudios. Esta modificación podrá autorizarse una sola vez y bajo las condiciones establecidas en la norma.

Para los créditos educativos, el decreto fija requisitos vinculados con la clasificación en centrales de riesgo y la presentación de un garante cuando corresponda. También regula la suspensión y renuncia de estos beneficios, así como la ampliación del financiamiento, el refinanciamiento de deudas y la posibilidad de solicitar la exoneración de intereses moratorios y gastos administrativos.

El Pronabec podrá crear o administrar nuevas modalidades de becas especiales, previa opinión técnica favorable del Ministerio de Educación y siempre que exista disponibilidad presupuestal.

La norma también incorpora la posibilidad de otorgar becas y créditos educativos de carácter social, de manera excepcional y no concursable, incluidos aquellos derivados de recomendaciones de organismos internacionales constituidos en virtud de tratados o convenios de los que el Perú es parte.

Excepción para actuales becarios

Las disposiciones transitorias establecen una excepción para quienes ya tenían una beca adjudicada cuando entró en vigor la norma. Estos beneficiarios podrán recibir financiamiento por cursos repetidos de pregrado si no han desaprobado más de dos veces el mismo curso.

Además, no se les aplicará la nueva causal de pérdida relacionada con desaprobar dos veces uno o distintos cursos.

La implementación del decreto se financiará con el presupuesto institucional del Pronabec y no demandará recursos adicionales del Tesoro Público.

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