La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró como atípicos los hechos que la Fiscalía atribuía al expresidente y ordenó el cierre definitivo del proceso, aunque uno de los tres jueces discrepó parcialmente con el fallo.
Poder Judicial archiva caso de PPK por lavado de activos en campaña del 2016Eva PalominoSábado 19 de Septiembre del 2026 · 08:45hEl Poder Judicial cerró de forma definitiva el proceso penal contra el expresidente Pedro Pablo Kuczynski por presunto lavado de activos agravado, vinculado a los aportes que recibió su partido, Peruanos por el Kambio, durante la campaña electoral del 2016. La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró fundado el recurso que presentó la defensa del exmandatario y revocó una resolución anterior que había rechazado ese mismo pedido en primera instancia.
La Fiscalía sostenía que PPK y su entorno habrían usado hasta cuatro mecanismos para mover dinero de forma irregular hacia la campaña, el reclutamiento de aportantes falsos para ocultar el origen real de los fondos, la recaudación de dinero en eventos partidarios, préstamos que el propio Kuczynski le hizo a su partido, y el traspaso de esos fondos entre los administradores de la campaña. Además, la acusación incluía que todo esto se habría hecho dentro de una organización criminal.
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Sin embargo, para la Sala esas conductas no pueden ser juzgadas como lavado de activos porque ocurrieron antes de que el financiamiento irregular de partidos fuera tipificado como delito, recién en el 2019. Al no existir ese delito específico en el momento de los hechos, los jueces concluyeron que tampoco cabe la figura más grave de lavado de activos, y con eso cayó también el agravante de que fue dentro de una organización criminal.
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El argumento detrás del archivo
El punto central del fallo tiene que ver con un tema de tiempos legales. Ya que el delito que castiga específicamente mover dinero de forma indebida hacia un partido recién quedó tipificado en el año 2019. Los hechos que se le atribuían a PPK ocurrieron en 2016, tres años antes de que esa figura existiera formalmente en la ley.
Para la Sala, esa diferencia de tiempos es determinante. Si en el momento de los hechos no existía el delito de financiamiento prohibido, tampoco es posible aplicar la figura más grave de lavado de activos porque el lavado necesita un delito del cual provenga el dinero sucio.
Al no haber ese delito previo, los jueces concluyeron que los hechos son atípicos, es decir, que no encajan en ninguna figura penal vigente en ese momento.
Una votación que no fue unánime
Los jueces Mosqueira Cornejo, Enríquez Sumerinde y Magallanes Rodríguez coincidieron sin ninguna discusión en que dos de los cuatro hechos imputados, el del pitufeo con aportantes falsos y el de la recaudación en eventos, no constituyen delito.
El desacuerdo apareció en los otros dos hechos, en los préstamos que PPK le hizo al partido y en el traspaso de fondos entre los administradores de campaña. Ahí la decisión se tomó por mayoría, con los votos de Mosqueira Cornejo y Magallanes Rodríguez a favor del archivo. El juez Enríquez Sumerinde emitió un voto en discordia parcial. Él consideró que sí hacía falta continuar con la investigación, porque todavía no queda claro de dónde salió exactamente ese dinero prestado ni a dónde terminó yendo después.
Ahora, es importante aclarar que este archivo no cierra todo lo que enfrenta el expresidente. Kuczynski tiene otros procesos abiertos, como el caso por presunta colusión vinculado a Odebrecht y el pedido fiscal de ocho años y medio de prisión por el caso IIRSA Norte. Ninguno de esos dos procesos se ve afectado por este archivo, que se limita únicamente al lavado de activos relacionado con los aportes de campaña de 2016.
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