SociedadMenores investigados por presunta agresión sexual en Liceo Naval podrían recibir hasta 8 años, según abogada penalista

La abogada Romy Chang señala que, de concluirse su responsabilidad, los adolescentes podrían ser internados de cuatro a ocho años. La justicia juvenil aplica normas diferentes a las de los adultos.

La abogada penalista señaló que los menores podrían recibir hasta 8 años. | Composición LRLuis AguilarJueves 17 de Septiembre del 2026 · 13:09hgoogle iconLa República en Google

Los diez menores investigados por la presunta agresión sexual contra un estudiante de 16 años del colegio Liceo Naval Almirante Guise, en San Borja, podrían ser sometidos a medidas socioeducativas de internamiento si se determina su responsabilidad. Así lo explicó la abogada penalista Romy Chang, quien precisó que, debido a su edad, los adolescentes están sujetos a un régimen de justicia penal juvenil y no a las mismas penas que los adultos.

En declaraciones a Canal N, la especialista señaló que, aunque la conducta atribuida a los menores corresponde a una figura contemplada en la legislación penal, jurídicamente se considera una infracción a la ley penal cuando es cometida por adolescentes.

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Chang indicó que una eventual medida socioeducativa podría contemplar el internamiento en un centro juvenil por un periodo de entre cuatro y ocho años, dependiendo de las circunstancias del caso y de lo que establezca la autoridad competente.

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Fiscalía deberá investigar a los adultos responsables

La penalista sostuvo que también es necesario esclarecer qué ocurrió durante el traslado de los estudiantes hacia una actividad deportiva, momento en el que presuntamente se produjo la agresión.

En ese sentido, consideró que la investigación debe determinar qué nivel de supervisión ejercían los adultos que se encontraban en el vehículo y si alguno tenía conocimiento de lo que ocurría.

Chang explicó que, si se acredita que un adulto conocía la situación y omitió actuar para impedirla, podría evaluarse una eventual responsabilidad penal por omisión. Asimismo, señaló que deberá determinarse si alguna persona adulta instigó o promovió la conducta atribuida a los menores.

De identificarse responsabilidades de adultos, estos podrían ser investigados bajo el sistema de justicia penal ordinario, según corresponda.

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Colegio podría afrontar responsabilidades administrativas y civiles

Respecto a la actuación del Liceo Naval Almirante Guise, la abogada señaló que la institución podría enfrentar responsabilidades administrativas y, eventualmente, civiles, dependiendo de los resultados de las investigaciones.

La especialista indicó que deberá determinarse si el colegio cumplió con las medidas de prevención, supervisión y atención establecidas para situaciones de violencia escolar. También consideró necesario revisar las acciones adoptadas antes y después de que se conocieran los hechos.

Chang sostuvo que el caso debe analizarse desde dos ámbitos: el penal, para establecer las responsabilidades de los menores y de posibles adultos involucrados, y el administrativo, para verificar el cumplimiento de los protocolos del Ministerio de Educación.

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Bullying no es delito, pero puede generar responsabilidades

La penalista explicó que el bullying no constituye, por sí solo, un delito tipificado en el Código Penal. Sin embargo, precisó que las consecuencias graves derivadas de estas conductas pueden dar lugar a responsabilidades legales, dependiendo de las circunstancias.

Chang consideró que el caso de San Borja pone en evidencia la necesidad de revisar las medidas aplicables frente a situaciones extremas de violencia escolar.

Sobre la expulsión de estudiantes, señaló que esta debe sustentarse en una infracción considerada muy grave por la normativa institucional y respetar un procedimiento que garantice el derecho a la defensa.

La abogada advirtió que, en determinados casos, la víctima puede terminar abandonando el colegio mientras el presunto agresor retorna a las aulas. Por ello, planteó evaluar mecanismos que eviten que un estudiante afectado tenga que compartir nuevamente el espacio educativo con quien presuntamente lo agredió.

Instituciones deben reforzar prevención y supervisión

Chang remarcó que los colegios tienen la obligación de activar los protocolos correspondientes ante una agresión, registrar las medidas adoptadas y garantizar la atención de los estudiantes involucrados.

También recomendó fortalecer el trabajo de los departamentos psicológicos y recurrir a especialistas externos cuando sea necesario para abordar las consecuencias de la violencia y prevenir nuevos casos.

En relación con las actividades fuera del colegio, como viajes, excursiones o competencias deportivas, indicó que las instituciones mantienen una responsabilidad de supervisión mientras los estudiantes se encuentran bajo su cuidado.

Por ello, consideró que los centros educativos deben evaluar si cuentan con suficientes adultos responsables para controlar a grupos numerosos de adolescentes y adoptar medidas adicionales cuando sea necesario.

Víctima podría acceder a una reparación civil

Finalmente, la penalista explicó que el adolescente afectado podría tener derecho a una reparación civil por los daños ocasionados. Esta podría involucrar a los responsables directos y, eventualmente, al colegio, si se determina que incumplió sus obligaciones.

Chang subrayó que la recuperación de la víctima debe ser una prioridad, debido al impacto que una agresión sexual puede generar en su vida emocional, académica y personal.

  • San Borja
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