A Julio Velarde, como presidente del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), lo acompañará un directorio conformado por seis personas. Tres ya fueron designadas por el Gobierno de Keiko Fujimori: Marylin Choy, Luis Palomino y Gustavo Yamada. Los otros tres deben ser seleccionados por el Congreso de la República, tal como dicta la ley.
Vale recordar que según el artículo 86 de la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica, el BCRP está gobernado por un directorio compuesto por 7 miembros en total. El presidente de la República, con el acuerdo de su Consejo de Ministros, designa a cuatro de los siete directores, siendo uno de ellos el presidente del banco. En tanto, el Parlamento se encarga de elegir directamente a los tres miembros restantes del directorio.
Así, se conoció la lista de 12 candidatos que entran en carrera para el puesto de director del BCRP, según cada bancada.
Renovación Popular:
- Juan José Marthans León (director de Economía en PAD- Escuela de Dirección de la Universidad de Piura)

Buen Gobierno:
- Javier Escobal (investigador principal de Grade)
- José A. Fernández-Baca
- Santiago Roca
Fuerza Popular:
- Diego Macera (director del Instituto Peruano de Economía)

- Oswaldo Molina (profesor asociado de la Universidad del Pacífico)
- José R. Stok (profesor emérito del PAD)
Juntos por el Perú:
- Oscar Dancourt (profesor de la Pontificia Universidad Católica del Perú)
- Kurt Burneo (exministro de Economía y Finanzas)

- Raúl Machuca
Ahora Nación:
- Alejandro Granda
Obras:
- Gonzalo Alegría
El pendiente con Velarde
Para que el presidente del BCRP asuma formalmente el cargo, su designación debe ser ratificada por el Congreso de la República.
Recientemente, con 9 votos a favor, la Comisión de Procedimientos Especiales del Senado aprobó el informe que recomienda ratificar a Julio Velarde Flores como presidente del directorio del BCRP.
Con la aprobación del informe, el siguiente paso será su evaluación en el Pleno del Senado, que deberá decidir si ratifica a Velarde en el cargo.
De acuerdo con el Reglamento del Senado, la ratificación requiere el voto favorable de más de la mitad del número legal de senadores.
De ser aprobada, deberá formalizarse mediante una resolución legislativa del Senado y publicarse en el portal institucional o en el diario oficial El Peruano.
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