Economía14 Sep 2026 | 12:10 hSBS aprueba seguros contra desastres naturales: ¿cómo se activarán los pagos?

Los nuevos seguros permitirán activar una indemnización cuando un terremoto, lluvia u otro fenómeno alcance el nivel establecido en la póliza. El mecanismo busca acelerar el acceso al dinero, aunque el pago no necesariamente coincidirá con el daño sufrido.

La regulación establece un plazo máximo de 10 días calendario para efectuar el pago una vez comunicada la información del parámetro que activa la cobertura. | Composición LR/IAFoto del autorJuan IparraguirreEscucharResumenCompartir

Un terremoto, una inundación o una lluvia intensa pueden generar pérdidas económicas que no siempre pueden ser cuantificadas de inmediato. En ese escenario, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) acaba de aprobar las reglas para que las aseguradoras puedan ofrecer en Perú los llamados seguros paramétricos, cuyo pago se activa cuando un fenómeno natural alcanza una intensidad previamente determinada.

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La diferencia frente a una póliza tradicional está en la forma de acreditar el siniestro. En lugar de esperar una inspección para establecer cuánto perdió el asegurado, estos productos utilizan un indicador previamente definido. Si ese parámetro llega al nivel establecido en el contrato, se activa el pago de la suma asegurada.

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La regulación quedó establecida mediante la Resolución SBS N.° 02260-2026. Con esta norma se fijan las condiciones para el diseño y comercialización de estos seguros en el mercado peruano.

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¿Cómo funcionará este tipo de seguro?

El mecanismo puede entenderse con un ejemplo. Una póliza podría establecer una cobertura determinada para un terremoto y fijar como condición de activación que el movimiento alcance una magnitud específica en una zona determinada. Si el indicador llega o supera ese umbral, se activa el pago pactado.

Lo mismo podría ocurrir con las lluvias. En lugar de calcular posteriormente los daños ocasionados por las precipitaciones, la póliza puede establecer un nivel de lluvia como parámetro. Cuando la información de la fuente definida en el contrato confirme que se alcanzó ese nivel, se determina la activación de la cobertura.

La norma contempla como posibles riesgos los derivados de fenómenos naturales de carácter meteorológico, climatológico, geológico, geofísico u oceanográfico. Entre los ejemplos figuran terremotos, tsunamis, lluvias intensas, inundaciones y heladas.

El punto central es que el fenómeno debe poder medirse objetivamente. Los parámetros utilizados tendrán que ser verificables, estar respaldados por fuentes independientes y guardar relación con el riesgo que se pretende cubrir. Esto busca evitar que la activación dependa de una evaluación subjetiva de la aseguradora.

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¿Cuándo se recibiría el dinero?

Una de las diferencias más importantes con los seguros tradicionales está en el proceso posterior al evento.

En estos productos interviene un agente de cálculo, encargado de monitorear la información del parámetro, determinar su valor, verificar si se alcanzó el umbral previsto y calcular el pago correspondiente. La empresa aseguradora, a su vez, debe comunicar al asegurado o beneficiario la activación de la cobertura.

La regulación establece un plazo máximo de 10 días calendario para efectuar el pago una vez comunicada la información del parámetro que activa la cobertura. Esto permitiría que el acceso a los recursos no dependa de una evaluación individual de cada daño.

La posibilidad de contar con dinero rápidamente resulta relevante en un país que mantiene una exposición considerable a fenómenos naturales. El Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED), por ejemplo, viene elaborando escenarios de riesgo para lluvias, inundaciones y movimientos en masa, mientras que sus evaluaciones también contemplan escenarios vinculados con sismos y tsunamis.

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El seguro no necesariamente pagará lo mismo que se perdió

Sin embargo, existe una diferencia que el potencial asegurado tendrá que considerar antes de contratar este tipo de cobertura: el pago no necesariamente será igual al daño económico que haya sufrido.

La propia regulación denomina a esta posibilidad riesgo base. Se produce cuando existe una diferencia entre la pérdida real y el monto recibido, debido a que la indemnización se determina por el parámetro pactado y no por la valorización posterior de los daños.

Por ejemplo, una persona podría contratar una cobertura que establezca un pago de S/20.000 si las lluvias de una determinada intensidad son registradas en su zona. Si se alcanza el umbral, recibirá el monto establecido, incluso si su pérdida efectiva termina siendo menor. Pero también podría ocurrir lo contrario: que los daños sean superiores al pago previsto por la póliza.

Por eso, la SBS exige que esta característica sea explicada al cliente antes de la contratación. La información del producto deberá incluir ejemplos sobre el funcionamiento del seguro, los parámetros y umbrales utilizados y las posibles diferencias entre las pérdidas reales y los pagos derivados de la activación de la cobertura.

No cualquier desastre generará un pago

La aprobación del reglamento tampoco significa que ante cualquier terremoto, inundación o lluvia intensa se activará automáticamente una indemnización.

Para que exista un pago tendrán que cumplirse varias condiciones: debe haber una póliza vigente, el evento debe encontrarse dentro de la cobertura y el parámetro establecido en el contrato debe alcanzar el umbral correspondiente. Además, la cobertura tendrá que estar delimitada geográficamente.

La póliza deberá especificar el evento cubierto, la zona, el parámetro, el umbral, la metodología de cálculo, las fuentes que proporcionarán los datos y la estructura de pagos. La empresa también tendrá que informar al cliente sobre las limitaciones del producto y la existencia del riesgo base.

Esto marca una diferencia importante respecto de la idea de que se trataría simplemente de un seguro que paga cuando ocurre un desastre. En realidad, el pago estará condicionado a que el fenómeno alcance exactamente las características previstas en el contrato.

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¿Quién podrá ofrecerlos?

Las aseguradoras podrán comercializar estos productos directamente y también recurrir a comercializadores bajo la modalidad de bancaseguros. Los corredores de seguros podrán intermediar en la contratación.

La norma, además, impide que las coberturas paramétricas sean incorporadas como parte de productos híbridos junto con coberturas tradicionales. También exige que quienes los comercialicen estén capacitados para explicar cómo se determina el pago y, especialmente, las diferencias que pueden existir entre el daño real y la indemnización.

El nuevo mercado llega en un contexto en el que los riesgos naturales tienen un impacto significativo sobre la economía peruana. Un documento presentado en el Congreso con información del INDECI señala que entre 2000 y 2023 se registraron más de 112.000 emergencias y que más de 22 millones de personas fueron damnificadas o afectadas durante ese periodo. Para el Fenómeno El Niño Costero de 2017, el mismo documento recoge estimaciones de pérdidas superiores a US$3.100 millones.

Además, la propia SBS ha estimado pérdidas potenciales para el sistema asegurador ante lluvias e inundaciones. Un estudio basado en la exposición asegurada de 2022 calculó una pérdida catastrófica potencial de US$264 millones para este tipo de eventos.

Con el reglamento, las aseguradoras cuentan ahora con un marco específico para desarrollar este tipo de productos. El desafío estará en que los parámetros utilizados tengan una relación suficientemente clara con los riesgos que enfrentan los asegurados y en que el consumidor comprenda que la rapidez del pago tiene como contrapartida una cobertura basada en la intensidad del fenómeno y no en la valorización exacta de sus pérdidas.

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