El ingreso de alimentos y bebidas a conciertos vuelve a la agenda legislativa. Luego de que una propuesta sobre la materia fuera discutida durante el anterior Congreso de la República sin llegar a convertirse en ley, ahora la Cámara de Diputados del Parlamento actual retoma la discusión y plantea nuevas reglas para eventos masivos, como conciertos, junto con obligaciones como permitir determinadas botellas de agua e instalar puntos gratuitos de hidratación, según revisó Gestión.
Sin embargo, la propuesta también dejaría margen a los organizadores para establecer qué productos y recipientes pueden ingresar, atendiendo a las características y seguridad del evento, e incluso contempla supuestos en los que podría existir una prohibición general de alimentos y bebidas.
El Proyecto de Ley N.° 00116/2026-2031-CR, que analizó Gestión, plantea regular el ingreso y consumo de agua, alimentos y bebidas en eventos de concurrencia masiva, entendidos como aquellos con un aforo igual o superior a 500 personas, sean organizados por entidades públicas o privadas.
La propuesta plantea que los asistentes puedan ingresar con estos productos para su consumo personal, aunque excluye de su aplicación a los eventos teatrales y a determinados eventos realizados en el marco de estímulos económicos del Ministerio de Cultura, salvo que sus organizadores decidan permitirlo.
En el caso de los alimentos y bebidas, el proyecto señala que deberán estar destinados al consumo personal e inmediato y encontrarse dentro de los productos previamente permitidos por el organizador. Este podrá establecer restricciones tomando en cuenta la duración, características y condiciones de seguridad del evento, así como prohibir envases de vidrio u otros recipientes que puedan representar un riesgo.

Además, la propuesta contempla que la obligación de permitir alimentos y bebidas no sea exigible cuando el organizador establezca, de manera general para todos los asistentes, la prohibición de su ingreso y consumo, manteniéndose las disposiciones específicas previstas para el agua.
Precisamente, el agua recibe un tratamiento especial. Los organizadores tendrían que permitir el ingreso gratuito de botellas selladas y transparentes con agua para consumo personal y habilitar puntos gratuitos de hidratación dentro del recinto. Estos deberán ubicarse estratégicamente, ser accesibles para los asistentes y contar con señalización visible.
Asimismo, cuando dentro del evento existan establecimientos que comercialicen alimentos y bebidas, deberán colocarse carteles visibles informando al público sobre su derecho a ingresar con los productos permitidos.
Finalmente, los organizadores tendrán que informar antes del evento, mediante sus canales oficiales, cuáles son los alimentos, bebidas y recipientes permitidos y prohibidos, de modo que los asistentes conozcan las condiciones de ingreso con anticipación.
La fiscalización y sanción de estas obligaciones quedaría a cargo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), conforme al Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Límite de 500 asistentes bajo cuestionamiento
Uno de los primeros cuestionamientos al proyecto está en el propio criterio utilizado para determinar qué eventos estarán sujetos a las nuevas reglas. Gustavo Rodríguez García, socio de Rodríguez García Asesoría Legal, señaló a que no encuentra una justificación objetiva o técnica para establecer el límite en un aforo igual o superior a 500 personas.
A su juicio, la regulación genera un problema de borde: un evento con 499 asistentes quedaría fuera de las obligaciones, mientras que uno con 500 tendría que someterse a un régimen diferente. “¿Qué mundo cambió entre un evento de 499 y uno de 500 asistentes?”, cuestionó.
Para el especialista, la diferencia de una sola persona no modifica las características del espectáculo de una manera que justifique un tratamiento regulatorio distinto. Por ello, considera que uno de los primeros aspectos que tendría que sustentar mejor la propuesta es precisamente la elección de ese umbral.
Adriana Garcés, asociada del área de Competencia y Consumidor de Hernández & Cía., también consideró necesario justificar mejor el ámbito de aplicación.
Advirtió que la misma obligación podría alcanzar desde recintos con alrededor de 500 o 1,500 personas hasta espacios para eventos multitudinarios de 30,000 asistentes, por lo que debería analizarse si los riesgos de salud y seguridad que sustentan la propuesta justifican aplicar una misma regla a realidades tan distintas.
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¿Un concierto puede recibir el mismo tratamiento que un cine?
Rodríguez García también cuestionó trasladar a los eventos masivos una lógica similar a la aplicada anteriormente al ingreso de alimentos y bebidas en las salas de cine. Según explicó, existen diferencias relevantes: un concierto puede presentar mayores dificultades de seguridad, control de objetos, limpieza, residuos y concentración de asistentes.
En esa línea, sostuvo que adquirir una entrada no supone necesariamente que el consumidor tenga un derecho irrestricto a ingresar con productos comprados fuera del recinto. A su juicio, la regulación debería considerar las particularidades y riesgos de cada tipo de evento antes de establecer una obligación general.
Garcés precisó que el caso Cineplex demuestra que una restricción de este tipo puede ser cuestionada como cláusula abusiva, pero eso no equivale a que actualmente exista una obligación general de permitir alimentos y bebidas en todos los eventos.
Una regla de ese alcance requiere una norma específica y, al intervenir también en la libertad de empresa y contractual, debería evaluarse mediante un análisis de proporcionalidad que pondere la protección al consumidor frente a sus efectos sobre el modelo de negocio del proveedor.
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Impacto sobre el negocio detrás de los conciertos
Rodríguez García advirtió que el efecto económico podría ir más allá de una eventual reducción en la venta directa de alimentos y bebidas. Parte del modelo de negocio de determinados espectáculos involucra acuerdos entre organizadores, marcas y concesionarios, cuyos pagos pueden contribuir a financiar los costos asociados a la realización del evento.
Si los asistentes pueden ingresar con productos adquiridos fuera del recinto, explicó, el consumo interno podría disminuir y esos acuerdos perder parte de su atractivo. “Si yo puedo llegar con algún alimento que llevé desde mi casa, no voy a comprarle la hamburguesa o el choripán al concesionario del espectáculo”, ejemplificó. En ese escenario, determinados costos tendrían que ser asumidos directamente por los organizadores.
Garcés coincidió en que existe un impacto que, a su juicio, no ha sido correctamente evaluado en el proyecto. A diferencia de los cines, explicó, en conciertos y eventos deportivos es habitual encargar la provisión de alimentos y bebidas a concesionarios, por lo que permitir productos externos podría afectar directamente sus incentivos para participar en estos eventos.
¿Costo podría trasladarse a las entradas?
A ello se sumarían, según Rodríguez García, mayores gastos asociados a seguridad, controles de ingreso, limpieza y manejo de residuos. La combinación de nuevos costos y menores ingresos complementarios podría afectar la estructura económica de los eventos y, eventualmente, reflejarse en el precio de las entradas.
El abogado sostiene que una regulación planteada para favorecer al consumidor podría terminar generando un efecto contrario si encarece su acceso a determinados espectáculos. Por ello, considera necesario evaluar no solo el beneficio inmediato de ingresar con productos propios, sino también quién terminará asumiendo económicamente las nuevas obligaciones.
Garcés tampoco descartó un traslado de costos. Señaló que los organizadores tienen libertad para incorporar al precio de las entradas gastos derivados de las nuevas obligaciones, como la instalación de puntos de hidratación. Por ello, consideró necesaria una evaluación seria de los costos involucrados antes de aprobar la medida.
SOBRE EL AUTOR

Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.
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